SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 90278 del 16-02-2017 - Jurisprudencia - VLEX 874003096

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 90278 del 16-02-2017

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 90278
Fecha16 Febrero 2017
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP2136-2017




SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS n.º 1


Eyder Patiño Cabrera

Magistrado Ponente



STP2136-2017

Radicación n.° 90278

(Aprobado acta n.° 38)


Bogotá, D. C., dieciséis (16) de febrero de dos mil diecisiete (2017).


ASUNTO



Se resuelve la acción de tutela presentada por Blanca Deyanira Sánchez Galvis, quien actúa en nombre propio y en representación de sus hijos M.G.S. y J.S.G.S., en contra de la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca, el Juzgado 2º Penal del Circuito y la Fiscalía 3ª Seccional, ambos de Facatativá, por la presunta vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la igualdad.


Al presente trámite fue vinculado Gilberto Guerrero Lozano.


ANTECEDENTES


1. Hechos y fundamentos de la acción


1.1. De acuerdo con la información obrante en el expediente, se tiene que en contra de Gilberto Guerrero Lozano se adelanta proceso penal por el delito de homicidio culposo, al interior del cual ostentan la calidad de víctimas Blanca Deyanira Sánchez Galvis y sus hijos M.G.S. y J.S.G.S


1.2. El 5 de octubre de 2016, al interior de la audiencia de juicio oral, el apoderado de las víctimas, hoy accionante, solicitó la nulidad de lo actuado y el Juzgado 2º Penal del Circuito de Facatativá negó su pretensión.


1.3. Contra esa determinación se interpuso recurso de apelación y el 18 de enero de 20171 la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca la ratificó.


1.4. Inconforme con lo anterior, Blanca Deyanira Sánchez Galvis, en nombre propio y en representación de los menores M.G.S. y J.S.G.S, presentó tutela en contra de las referidas autoridades judiciales por la vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la igualdad.


Señaló que su apoderado solicitó la nulidad debido a que éste le aportó al representante de la Fiscalía un memorial que contenía solicitudes probatorias, para que dicho funcionario las presentara en la audiencia preparatoria, lo cual no realizó, razón por la que considera que sus derechos fueron trasgredidos.


Narró la forma en la que en su criterio el ente acusador, ha desarrollado la investigación penal en la que se investiga el homicidio de su esposo y padre de sus hijos, lo cual en su criterio se traduce en «alto GRADO DE CORRUPCIÓN», ya que sus gestiones están encaminadas a generar «IMPUNIDAD».


2. Las respuestas


2.1. Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca


El Ponente resumió las principales...

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