SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 94388 del 30-01-2018
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 30 Enero 2018 |
Número de expediente | T 94388 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP1103-2018 |
JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA
Magistrado Ponente
STP1103-2018
Radicación n.° 94388
(Aprobado Acta No.23)
Bogotá. D.C., treinta (30) de enero de dos mil dieciocho (2018)
VISTOS
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Decisión de T., resuelve la acción interpuesta por IGNACIO ASDRUBAL LLANO LÓPEZ, contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Manizales y el Juzgado Sexto Penal del Circuito de esa ciudad.
ANTECEDENTES
Y
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
El actor cuestiona las decisiones mediante las cuales le fue negada la libertad por vencimiento de términos, a la que, en su criterio, tiene derecho, pues «ya me acerco a los cinco años detenido sin que se me defina mi situación jurídica en el recurso extraordinario de casación, lapso que podría desembocar y ser equivalente a la anticipación de la pena…»
Agrega que con la negativa a conceder su excarcelación se desconocen garantías fundamentales, como la presunción de inocencia y «a ser juzgado dentro de plazos razonables».
RESPUESTAS DE LAS AUTORIDADES ACCIONADAS
1. La titular del Juzgado Sexto Penal del Circuito de Manizales indicó que ese despacho, el 2 de agosto de 2017, negó la solicitud de libertad por vencimiento de términos formula IGNACIO ASDRUBAL LLANO LÓPEZ, con base en las normas y criterios jurisprudenciales aplicables a la materia, esto es, providencia de la Sala de Casación Penal del Corte Suprema de Justicia del 24 de julio de 2017, rad. 49734.
2. El magistrado ponente de la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Manizales manifestó que se remitía a los argumentos expuestos en la decisión del 29 de agosto de 2017, mediante la cual confirmó la negativa del despacho de primera instancia de conceder al actor la libertad provisional. En sustento, allegó copia de la providencia de segundo grado.
CONSIDERACIONES DE LA SALA
Requisitos de procedibilidad de la acción de tutela.
La tutela es un mecanismo de protección excepcional frente a providencias judiciales, su prosperidad va ligada al cumplimiento de estrictos requisitos de procedibilidad que implican una carga para el actor, tanto en su planteamiento como en su demostración, como lo ha expuesto la propia Corte Constitucional1.
La acción de tutela contra providencias judiciales, exige:
a. Que la cuestión que se discuta resulte de evidente relevancia...
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