SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 101097 del 31-10-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874008386

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 101097 del 31-10-2018

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha31 Octubre 2018
Número de expedienteT 101097
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Santa Rosa de Viterbo
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP14139-2018



FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO

Magistrado Ponente



STP14139-2018

Radicación n.° 101097



Acta 372



Bogotá D. C., treinta y uno (31) de octubre de dos mil dieciocho (2018).


VISTOS


Procede la Sala a resolver la impugnación formulada por el accionante FLABIO OTÁLORA CARRILLO contra el fallo proferido el 6 de septiembre de 2018 por la Sala Única del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo, mediante el cual negó la acción de tutela instaurada a instancias del prenombrado frente al Juzgado 2º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de ese mismo municipio, por la presunta vulneración al derecho fundamental al debido proceso.


ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


1. Los presupuestos fácticos de la presente acción constitucional fueron sintetizados en el fallo de primera instancia, así:


(i) El accionante fue condenado por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes a la pena de prisión de 76 meses y 15 días. De igual forma, ha informado al respectivo juzgado su condición de adicto y la relación de los hogares y centros en los que ha estado en tratamiento en Neiva, Cali, Bogotá y Sogamoso.


(ii) El Juzgado accionado no le ha otorgado sus beneficios por su condición de adicto, como tampoco la concesión del permiso de 72 horas a que tiene derecho por cumplir los requisitos de ley.



2. Con fundamento en lo anterior, la parte actora solicita se tenga en consideración “mi situación jurídica y se me otorguen mis derechos como adicto que soy”.


TRÁMITE DE LA ACCIÓN


1. De la petición de amparo conoció la Sala Única del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo, que en proveído fechado 23 de agosto de 20181 avocó el conocimiento de la demanda, dispuso el traslado de la misma a la autoridad judicial cuestionada y ordenó la vinculación de todas las personas que ostenten la calidad de parte dentro de la causa penal seguida en contra del señor FLABIO OTÁLORA CARRILLO.


2. La titular del Juzgado 2º de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Santa Rosa de Viterbo, M.Y.C.P., informó en su respuesta que, en efecto, ese estrado judicial se encuentra vigilando las penas impuestas al accionante, por parte del Juzgado 1º Penal del Circuito de Sogamoso, mediante Sentencias del 31 de mayo y 8 de agosto de 2016, ambas por el delito de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes.


3. De igual forma, refirió que a través de proveído del 12 de septiembre de 2017, decretó la acumulación jurídica de penas a favor del sentenciado, imponiéndole una pena definitiva de 76 meses y 15 días de prisión, y multa de 2.75 salarios mínimos legales mensuales vigentes.


4. Señaló la funcionaria judicial que para el 13 de agosto de 2018, resolvió una solicitud de redosificación de la pena, elevada por el actor en aplicación del principio de favorabilidad y de la Ley 1826 de 2017, la cual fue despachada desfavorablemente, negando, en consecuencia, la libertad inmediata por pena cumplida y la extinción de la sanción penal.


5. Bajo esas circunstancias, afirmó que ese despacho ha atendido todas y cada una de las peticiones radicadas por el condenado, destacando que a la fecha ni el accionante, ni su defensor, han presentado solicitud tendiente a obtener el otorgamiento de algún subrogado penal. Así mismo, respecto de la condición de adicto a sustancias estupefacientes alegada por el actor, dijo que dentro del expediente no obra prueba alguna que así lo acredite y que permita inferir que requiere de tratamiento especial o internación en un centro donde le brinden atención acorde con su adicción.


6. A su turno, el Juez 2º Penal Municipal de Control de Garantías de Sogamoso, J.E.A.A., manifestó que el 12 de enero de 2016 adelantó las audiencias...

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