SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 95150 del 27-11-2017
Sentido del fallo | CONFIRMA CONCEDE TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de expediente | T 95150 |
Número de sentencia | STP20416-2017 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Fecha | 27 Noviembre 2017 |
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1
STP20416-2017
Radicación n° 95150
Acta 402
Bogotá, D.C., veintisiete (27) de noviembre de dos mil diecisiete (2017).
ASUNTO
Resolver la impugnación presentada por el Director del Hospital Central de la Policía Nacional, respecto del fallo proferido el 12 de octubre de 2017 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, a través del cual concedió el amparo de los derechos fundamentales de la señora María Gilma Sotelo en la acción de tutela interpuesta por Gonzalo Bohórquez Sotelo en calidad de agente oficioso, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales.
1. LA DEMANDA
Los hechos que soportan la petición de amparo los compendió la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá en los términos que a continuación se transcriben:
«Gonzalo Bohórquez Sotelo, adujo en su escrito de tutela que su madre tiene 81 años y se encuentra afiliada al Sistema de Seguridad Social en Salud en la Policía Nacional.
Sostuvo que M.G.S. fue remitida el 8 de mayo de 2017 al Hospital Central de la Policía Nacional debido a hipertensión pulmonar asintomática que padece. En dicho centro hospitalario le realizaron un «cateterismo auricular».
Adujo que el trece (13) de mayo de este año María Gilma Sotelo nuevamente fue remitida por urgencias al Hospital Central de la Policía Nacional debido a que presentó síntomas de “edema, equimosis y dolor abdominal”, y los médicos de ese centro hospitalario detectaron “hemorragia y hematoma en gran parte de la pierna y una taquicardia no especificada”, por lo que diagnosticaron inicialmente fibrilación y aleteo auricular que desencadenó en una arritmia cardiaca que conllevó al suministro de medicamento denominado “anticoagulante”.
Debido a que su madre presentó un dolor torácico, fue llevada al centro hospitalario más cercano, esto es, a la Fundación C. y allí los médicos determinaron un deterioro de la función sistólica en la salud de María Gilma Sotelo, por lo que conceptuaron que debía realizarse un procedimiento quirúrgico denominado “ablación y mapeo 3D para manejo definitivo de flutter auricular”, más aún cuando se trata de una paciente con alto riesgo de deterioro rápido de la función cardiaca.
La Fundación remitió la solicitud al Hospital Central de la Policía Nacional para que le permitiera llevar a cabo el procedimiento, pero su respuesta fue negativa y por el contrario le fue solicitado a dicho centro de atención especializado el traslado inmediato de la señora M.G.S. a ese centro hospitalario, donde permaneció allí casi 15 días en observación, pero sin mejoría definitiva en su salud.
Adujo que el 24 de julio de 2017 y, con previa autorización y remisión del Hospital Central de la Policía Nacional, su madre fue valorada en consulta externa por médicos de la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba