SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 71367 del 01-03-2017
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de expediente | T 71367 |
Fecha | 01 Marzo 2017 |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STL3111-2017 |
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
Magistrado ponente
STL3111-2017
Radicación n.° 71367
Acta 07
Bogotá, D. C., primero (1.°) de marzo de dos mil diecisiete (2017).
La Sala resuelve la impugnación interpuesta por JESÚS ENRIQUE PALACIOS GAMBOA, contra el fallo proferido el 18 de enero de 2017 por la Sala de Casación Civil de esta Corporación, dentro de la acción de tutela que promovió en contra la SALA DE CASACIÓN PENAL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, trámite al que se vincularon la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá y las partes e intervinientes del proceso penal 2008-00137-01 adelantado en contra del accionante.
- ANTECEDENTES
El accionante fundó su petición de amparo en los siguientes hechos:
Que se desempeña como fiscal seccional de Buenaventura (Valle del Cauca), exclusivamente para asuntos de Ley 600 de 2000, por lo que conoció la investigación iniciada contra Mario Panameño Sinisterra y C.V.V., por el delito de hurto; que resolvió por separado la situación jurídica de los dos sindicados mencionados, y decidió aplicarle al primero el principio de favorabilidad de conformidad con el artículo 313 de la Ley 906 de 2004, y al segundo por error, no se lo aplicó, por lo que no le levantó la medida de aseguramiento en centro carcelario; sin embargo, ello solo se mantuvo por 127 días ya que se accedió a la petición presentada por su defensor; que por la situación suscitada, el 8 de abril de 2013 se inició un proceso penal en su contra ante el Juzgado Cuarto Municipal con Función de Garantías de Buga por los tipos penales de prevaricato por acción y prolongación ilícita de la privación de la libertad, despacho que realizó la formulación de la imputación; que la audiencia de acusación fue llevada a cabo el 2 de agosto de ese año por la Sala Penal del Tribunal Superior de esa ciudad, donde posteriormente, mediante sentencia del 3 de abril de 2014, se le condenó a 60 meses de prisión y a 80 meses de inhabilidad para ejercer funciones públicas por las conductas penales mencionadas, decisión que al ser apelada fue confirmada por la Sala de Casación Penal de esta Corporación, mediante sentencia del 14 de septiembre de 2016.
Asevera que las decisiones judiciales proferidas dentro de su juicio penal constituyen una vía de hecho por violación directa a la constitución, ya que están «…revestidas de ilegalidad por aceptar y valorar una prueba ilegal como lo fueron las resoluciones cinco y seis, que recayeron sobre documentos que se utilizaron para fundar la responsabilidad en su contra», toda vez que desde los alegatos de primera instancia insistió en que...
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