SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 96252 del 01-02-2018
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 01 Febrero 2018 |
Número de expediente | T 96252 |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP1129-2018 |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS nº 1
FERNANDO LEÓN BOLAÑOS PALACIOS
Magistrado ponente
STP1129-2018
Radicación n° 96252
Acta 27
Bogotá, D.C., primero (1) de febrero de dos mil dieciocho (2018).
- VISTOS
Decide la Corte la impugnación presentada por la accionante LUZ NERY OLIVA CAICEDO contra el fallo proferido el 24 de octubre de 2017 por la Sala de Casación Laboral, mediante el cual negó el amparo de los derechos al mínimo vital, acceso a la administración de justicia, defensa y debido proceso, presuntamente vulnerados por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado Catorce Laboral del Circuito de la misma urbe, tramite al que fueron vinculados las partes e intervinientes en el proceso que dio origen al presente trámite constitucional.
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HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
Fueron reseñados en el fallo de primera instancia en los siguientes términos:
« (…) Que dentro del proceso ejecutivo promovido por William Aljure Carrion Caro contra L.A.B.R., y otros, radicado nº 014-2014-00471-00, que cursa en el Juzgado accionado, la accionante interpuso el 29 de agosto de 2016, y por conducto de apoderado, incidente de levantamiento de la medida cautelar de secuestro sobre su cuota parte, equivalente al 50% del inmueble de su propiedad y posesión; pues asegura que es ajena al proceso ordinario laboral primigenio en donde se dictó sentencia condenatoria contra los allí demandados, y que por tanto, no integra ninguna de las partes dentro del ejecutivo laboral que se adelanta como consecuencia del fallo dictado en el primero nombrado, y que por lo mismo, se ha visto gravemente afectada por la medida cautelar de secuestro del 50% de dicho predio, cuando se realizó la diligencia respectiva por parte de la inspección comisionada, ya que el embargo recayó exclusivamente sobre el 50% perteneciente al demandado L.A.B.R..
(…) el predio antes citado corresponde a un lote de mayor extensión, donde el 50% de la actora está totalmente delimitado con el 50% de propiedad y posesión del ejecutado Luis Alberto Bernal Rodríguez, pues en la mitad del lote que ella tiene en propiedad y posesión se encuentra una casa de habitación de dos pisos y una prefabricada de un piso, construcciones que se hallan totalmente aisladas de la casa de un piso cuyo titular del derecho de dominio es el susodicho demandado, es decir, que cada comunero ha poseído su cuota parte de forma independiente a pesar de no haberse efectuado legalmente la división material del inmueble.
(…) El Juzgado Catorce Laboral del Circuito de Bogotá (…), le ordeno prestar caución mediante proveído del 17...
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