SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 35616 del 31-03-2008 - Jurisprudencia - VLEX 874021877

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 35616 del 31-03-2008

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Pasto
EmisorSala de Casación Penal
Fecha31 Marzo 2008
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 35616
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

TUTELA Impugnación 35.616

DAVIS ALEXANDRA NARVÁEZ REALPE


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

-SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1-





MAGISTRADO PONENTE

AUGUSTO J.I.G.

APROBADO ACTA Nº.069


Bogotá, D., treinta y uno (31) de marzo de dos mil ocho (2008).



ASUNTO


Se resuelve la impugnación presentada por el Director de Sanidad de la Policía Nacional contra la sentencia proferida el 5 de febrero del año en curso, en virtud de la cual la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pasto concedió la tutela instaurada en su contra y la Dirección General de la Policía Nacional, por Davis Alexandra Narváez Realpe, a quien y amparó su derecho a la salud, en conexidad con la vida y la dignidad humana.


ANTECEDENTES


1. Fundamentos de la acción


La peticionaria, de 32 años de edad, es beneficiaria del Sistema de Salud de las Fuerzas Militares, depende económicamente de su esposo que se desempeña como Intendente de la Policía Nacional y tiene un hijo de cinco años de edad.


Acudió a la tutela en procura de obtener protección para sus derechos a la vida, a la salud y a la dignidad humana, los que consideró vulnerados por los siguientes motivos:


Desde hace aproximadamente un año se encuentra en tratamiento médico por hipotiroidismo, padece asfixia y de dolor intenso en su columna y rodillas. Su peso es de 107 Kg.


El médico internista adscrito a Sanidad de la institución le diagnosticó “obesidad mórbida grado III IMC 40”, por lo que solicitó la realización de “BYPAS GASTRICO” que contribuiría a mejorar sus dolencias. Actualmente está consumiendo diariamente el medicamento tiroxina sódica x 100 Mg.



Su estado de salud la ha limitado para desempeñar actividades que requieren esfuerzo físico y se encuentra muy disminuida para atender a su hijo, quien requiere sus cuidados.


El 13 de noviembre de 2007 solicitó la práctica de la cirugía, pero el 3 de diciembre siguiente le fue negada con el argumento que como corresponde a un nivel IV de atención está excluida del Plan de Servicios de Sanidad Militar y Policial. (A. copia de la respuesta y de la historia clínica).


Pidió al juez constitucional ordenar la realización del procedimiento médico referido porque con el salario de su esposo no puede costearlo.


2. La respuesta


El Subdirector de Sanidad, siguiendo instrucciones del Director, manifestó que en la historia clínica no...

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