SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 90940 del 06-04-2017 - Jurisprudencia - VLEX 874027766

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 90940 del 06-04-2017

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 90940
Número de sentenciaSTP5041-2017
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha06 Abril 2017


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1



G.E. MALO FERNÁNDEZ

Magistrado Ponente


STP5041-2017

Radicación n°90940.

Aprobado acta No. 104.



Bogotá, D.C., seis (6) de abril de dos mil diecisiete (2017).


VISTOS


Decide la Corte la impugnación presentada por el ciudadano R.C.A., contra la sentencia proferida el 25 de enero de los cursantes por la Sala de Casación Laboral; mediante el cual negó la acción de tutela interpuesta en contra la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de B., por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, “trato digno”, trabajo y recta administración de justicia, tramite al cual se dispuso la vinculación del Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de la capital del departamento de Santander.



ANTECEDENTES


Los sucesos que motivaron la solicitud de amparo constitucional y las pretensiones del accionante, fueron reseñados por el a quo de la siguiente forma:



El Accionante (…) Afirmó (…) que laboró en la Empresa Colombiana de Petróleos Ecopetrol S.A., durante el periodo comprendido entre el 24 de enero de 1996 y el 28 de enero de 2016, fecha en la que fue despedido; que el último cargo que desempeñó fue el de operador de planta F13; que, para el momento de su despido, era un directivo de la asociación sindical denominada Unión de Trabajadores del Departamento de Santander, Utradesan, así como de la asociación sindical denominada Unión de Trabajadores de Colombia, UTC; que, dada su condición de aforado, derivada de su pertenencia a las anteriores organizaciones, promovió una demanda especial de fuero sindical contra Ecopetrol S.A., en la que pidió ser reintegrado al cargo que ocupaba en el momento del despido, a otro igual o superior categoría y remuneración.


Relató que el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de B., que conoció de su demanda en primera instancia, profirió sentencia el 16 de septiembre de 2016, en la que declaró que su despido había ocurrido mientras gozaba de fuero sindical y, en consecuencia, condenó a Ecopetrol S.A. a reintegrarlo al cargo que ocupaba para la fecha en que su contrato había sido finalizado, sin solución de continuidad; que la sentencia fue apelada por la demandada; que la Sala Laboral del Tribunal Superior de B., que conoció del recurso, profirió sentencia el 20 de octubre de 2016, en la que revocó íntegramente la decisión de primer grado y, en su lugar, absolvió a la convocada a juicio de las pretensiones de la demanda.


Señaló que, en su criterio, el Tribunal incurrió en un error judicial al adoptar tal determinación, pues, no sólo citó como precedente dos sentencias proferidas en procesos ordinarios laborales que nada tenían que ver con el asunto debatido, sino que desconoció el artículo 39 de la Constitución Política, los artículos 406, 417, 421 y 422 del Código Sustantivo del Trabajo y los Convenios 87 y 98 de la OIT.


Manifestó que tal yerro devino en la vulneración de sus derechos fundamentales y en que haya tenido que soportar múltiples dificultades en compañía de su esposa y de sus tres hijos menores.


Pidió, a partir de los hechos relatados, que se protejan sus garantías superiores y que, como medida urgente dirigida a restablecerlos, se ordene al Tribunal accionando que decrete la nulidad de la sentencia cuestionada. Solicitó que se le ordene, además, que profiera un fallo de su reemplazo en el que confirme la sentencia...

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