SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 94669 del 26-10-2017
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de expediente | T 94669 |
Número de sentencia | STP17875-2017 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Cali |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Fecha | 26 Octubre 2017 |
Eyder Patiño Cabrera
Magistrado Ponente
STP17875-2017
Radicación n. ° 94669
Acta 360
Bogotá, D.C., veintiséis (26) de octubre de dos mil diecisiete (2017)
ASUNTO
Se resuelve la impugnación presentada por Fidel Mellizo Ortega 1frente a la sentencia proferida el 8 de septiembre de 2017, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali, que negó el amparo a los derechos al debido proceso, la libertad, el buen nombre, la dignidad y el principio de presunción de inocencia, contra del Juzgado 2º Penal del Circuito, el Centro de Servicios de los Juzgados Penales Municipales y del Circuito, así como la Fiscalía 27 Especializada, todos de la capital del Valle del Cauca.
Al trámite fueron vinculados el Juzgado 25 Penal Municipal de Cali y su homólogo de Popayán.
ANTECEDENTES
Hechos y fundamentos de la acción
Fueron relatados por el A quo de la siguiente manera:
Que para el día 29 de noviembre de 2016 son capturados por la SIJIN, en diversos allanamientos ordenados por la Fiscalía 27Especializada, dentro del trámite adelantado en el radicado 193- 2015-26482, por los delitos de Concierto para Delinquir
Agravado, Homicidio Agravado, Porte de Armas de Fuego,
Desplazamiento Forzado y Tráfico de estupefacientes.
Que fueron presentados el 3 de diciembre de 2016 ante el Juzgado 25 Penal Municipal de Garantías, autoridad que declaró ilegal el procedimiento de captura, por lo que fueron dejados en libertad de forma inmediata, decisión contra la cual la Fiscalía interpuso el recurso de apelación, correspondiendo al Juzgado 2 Penal del Circuito de Cali, autoridad que para el día 25 de enero de 2017 revoca la decisión de primera instancia, declara legal el procedimiento de captura y ordena la emisión de las órdenes para capturarlos.
Que al disponerse la emisión de las ordenes de captura, el
Juzgado 2 Penal del Circuito vulnera el debido proceso, ya que no se contaba con los motivos fundados que exige la ley para impartir dicha orden, máxime cuando pasa por alto que la captura se hizo en situación de flagrancia y no por orden judicial, lo que determinaba que no podía, cuando revocó la decisión, ordenar la captura.
Señalan que dentro del mismo asunto penal, otra persona fue
capturada con base en la orden proferida por el Juzgado 2 Penal del circuito y se declaró ilegal nuevamente la aprehensión2.
LA SENTENCIA IMPUGNADA
La Sala Penal del Tribunal Superior de Cali negó el amparo incoado por la defensa de Juan Pablo Grajales Suárez, F.M.O. y Marleny Campo Echeverry.
Sostuvo que la decisión emitida por el Juzgado 2º Penal del Circuito de esa ciudad, que revocó la determinación de primera instancia y declaró legal el procedimiento de captura de los accionantes no incurrió en ninguna de las causales de procedibilidad de la acción contra providencias judiciales, pues la misma se ajusta a los parámetros legales.
LA IMPUGNACIÓN
Mediante correo electrónico Fidel Mellizo Ortega manifestó que impugnaba el fallo de primera instancia.
CONSIDERACIONES
1. Problema jurídico
Corresponde a la Corte determinar si las accionadas vulneraron los derechos al debido proceso, la libertad, el buen nombre, la dignidad y el principio de presunción de inocencia invocados por los...
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