SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002009-01291-01 del 24-07-2009 - Jurisprudencia - VLEX 874042446

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002009-01291-01 del 24-07-2009

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de expedienteT 1100102040002009-01291-01
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha24 Julio 2009
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente

PEDRO OCTAVIO MUNAR CADENA

Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de julio de dos mil nueve (2009).

Discutido y aprobado en Sala de 15-07-2009

R.. Exp. No.11001 02 04 000 2009 01291 -01

Decídese la impugnación interpuesta contra la sentencia de 11 de junio de 2009, mediante la cual la Sala de Casación Penal de esta Corporación, negó la acción de tutela promovida por E.H.R. frente a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, el Juzgado 18 Penal del Circuito de esa misma ciudad y la Fiscalía 68 Seccional.

EL RECLAMO CONSTITUCIONAL

Y SU FUNDAMENTO

1. El accionante demanda la protección constitucional de los derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa judicial y a la igualdad, presuntamente vulnerados por los funcionarios acusados, dentro del proceso penal adelantado en su contra por el delito de homicidio.

2. Expone el peticionario, en síntesis, que la Fiscalía Seccional lo acusó sin que existiera “certeza” del grado de culpabilidad, pues, como lo sostienen algunos testigos, actuó en defensa personal ante el ataque de que fue objeto por parte de la víctima y sus dos acompañantes.

3. Que no se demostró durante el proceso que su intención fuera “matar al hoy occiso” y, por el contrario, “se puede inferir que no hay un dolo directo y que solo traté de defenderme de una agresión”, en hechos ocurridos en horas de la madrugada cuando se dirigía a su residencia y de repente fue “acorralado” por tres sujetos que lo atacaron sin que tuvieran “motivos anteriores” para que actuaran de tal manera.

4. Que los juzgadores de instancia no tuvieron en cuenta lo que declaró en su indagatoria ni los alegatos de su defensor, en el sentido que no actuó premeditadamente sino en legítima defensa.

5. Solicita que, en aras de la protección de sus derechos fundamentales, “sea cambiado el criterio” del dolo contenido en la sentencia condenatoria por el de homicidio preterintencional.

LA SENTENCIA IMPUGNADA

El fallo impugnado negó el amparo constitucional invocado con sustento en que, de un lado, el actor dejó trascurrir 14 meses contabilizados a partir de la sentencia del Tribunal, por lo tanto, la acción “carece de interposición oportuna y razonable”; y de otro, no...

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