SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 49601 del 31-01-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874046424

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 49601 del 31-01-2018

Sentido del falloCASA PARCIALMENTE Y DE OFICIO
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSP064-2018
Fecha31 Enero 2018
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Riohacha
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de expediente49601
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia





CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL


LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente


SP064-2018

Radicación 49601

(Aprobado Acta No. 25)


Bogotá D.C., treinta y uno (31) de enero de dos mil dieciocho (2018).


VISTOS:


Procede la Sala, de oficio, a examinar la posible vulneración de las garantías fundamentales al procesado DUSTIN MIGUEL PINTO MOSCOTE, quien fuera condenado por el Tribunal Superior de Riohacha, tras hallarlo responsable del delito de secuestro extorsivo agravado, en concurso homogéneo.


ANTECEDENTES


1. El 19 de agosto de 2012 varios hombres armados y utilizando pasamontañas interceptaron a los esposos Mary Luz Acosta Solano y Á.R.R.M. cuando ingresaban a la finca de su propiedad de nombre “Chubasquito”, situada en la vereda Barbacoa, jurisdicción de la ciudad de Riohacha, tras lo cual los llevaron con rumbo desconocido y por su liberación, a través de llamadas telefónicas, exigieron a los familiares de las víctimas la suma de $1.500.000.000.


A la dama le causaron la muerte estando privada de la libertad y su cadáver fue hallado el 13 de noviembre siguiente sumergido en una laguna situada en territorio indígena. A R.M. los plagiarios intentaron hacerle lo mismo, pero a pesar de haber recibido un disparo con arma de fuego, logró huir el 8 del mencionado mes y dar aviso a las autoridades.


Los falladores encontraron probado que D.M.P.M. estuvo a cargo de la vigilancia de los secuestrados durante el tiempo de su cautiverio.


2. En audiencia celebrada el 23 de noviembre de 2012 la Fiscalía le formuló imputación a D.M.P.M., por el delito de secuestro extorsivo agravado, en concurso homogéneo y heterogéneo con homicidio agravado consumado, homicidio agravado tentado y fabricación, tráfico y porte ilegal de armas de fuego de defensa personal agravada. Por esas mismas conductas punibles lo acusó en la audiencia celebrada el 20 de mayo de 2013.

3. Surtido el trámite de rigor, en fallo emitido el 22 de junio de 2016 el Juzgado Penal del Circuito Especializado de Riohacha lo condenó por los atentados contra la libertad individual y vida objeto de acusación y lo absolvió por el punible transgresor de la seguridad pública. Le impuso las penas principales de 600 meses de prisión y 17.499,995 salarios mínimos legales mensuales de multa, así como la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 20 años.

3. La defensa apeló ese pronunciamiento y el Tribunal Superior de la precitada ciudad, a través del fallo recurrido en casación, expedido el 5 de octubre de 2016, le impartió confirmación parcial, pues revocó la condena por los homicidios para absolverlo por esos punibles. No obstante, ratificó las sanciones principales impuestas por el a quo.


4. La Sala, mediante auto del 30 de agosto de 2017, inadmitió la demanda de casación y dispuso que una vez surtido el trámite...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR