SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 97366 del 15-03-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874049154

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 97366 del 15-03-2018

Sentido del falloNIEGA NULIDAD / CONFIRMA CONCEDE TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha15 Marzo 2018
Número de expedienteT 97366
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Montería
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP3703-2018

JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

Magistrado Ponente

STP3703-2018

Radicación n.° 97366

Acta 093

B.D.C., marzo quince (15) de dos mil dieciocho (2018).

VISTOS

Procede la Sala a resolver la impugnación interpuesta por los profesionales del derecho L.M.L.A., E.F.M.P. y R.E.F.Á. contra la sentencia proferida el 2 de febrero de 2018 por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Montería, que concedió la solicitud de amparo a los derechos fundamentales al debido proceso, defensa y contradicción en el marco de la acción de tutela promovida por la apoderada especial del MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, M.M.R.O. frente al Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Lorica (Córdoba).

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

1. Para lo que compete resolver en el presente trámite constitucional, se resaltan como hechos jurídicamente relevantes los siguientes:

a) Que en el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Lorica (Córdoba) se tramitaron y resolvieron de fondo, en primera instancia, 14 acciones constitucionales de tutela dirigidas contra la Secretaría de Educación Municipal de Lorica (Córdoba), que de acuerdo a los anexos del presente trámite fueron conocidas, en sede de impugnación, por el Juzgado Penal del Circuito de Lorica (Córdoba); diligenciamientos que fueron identificados así[1]:

1. Tutela con R.: 2013 00053 00

Apoderado

Accionantes

Edwin Farith Mangones Pineda

1

R.G.F..

11

E.M.R.Y..

2

E.C. Cumplido.

12

E.Á.L..

3

K.R.O..

13

L.M.S..

4

Piedad S.T..

14

R.R.S..

5

Y.L.L..

15

M.C.R..

6

M.M.H..

16

L.O.D..

7

F.Á.B..

17

N.R.O..

8

F.G.P..

18

L.E.D.S..

9

J.A.P..

19

L.L.A..

10

Y.M.V..

20

C.H.G.N..

P.L.A.H..

1

D.T.D..

18

M.C.P..

2

G.M.G..

19

M.A.C.R.L..

3

L.O.M..

20

N.A.G..

4

G.R.C..

21

A.P.L..

5

F.R.S..

22

L.B. De Doria.

6

A.M.P..

23

C.C.N..

7

S.B.D..

24

M.D.D..

8

B.V. De Alean.

25

Y.A.U..

9

G.B.B..

26

Z.A.G..

10

A.C.L..

27

Eneida C.H..

11

R.L.P..

28

E.M.B.

12

Luz Estela Anaya Mercado.

29

D.B.F..

13

Y.R.L..

30

A.P.B..

14

J.N.M..

31

N.L.M..

15

J.Á.L..

32

D.R.M..

16

Érica Santos Ramos.

33

J.B.B..

17

R.A.Z..

2. Tutela con R.: 2013 00103 00

Apoderado

Accionantes

Vladimir Calao Anaya

1

Estela Julio Lugo.

7

Naida P.A..

2

E.Á.F..

8

E.M.G..

3

M.D.L..

9

Lucía Anaya Madera.

4

M.P.B..

10

H.C.L.C..

5

A.B.B..

11

L.G.J..

6

F.G.V.P..

12

S.L.M..

3. Tutela con R.: 2013 00123 00

Apoderado

Accionantes

Luis Carlos Polo Navarro

1

Juan Vertel B.

22

Juan Cardales Villalobos.

2

C.P..

23

J.F.E..

3

F.Á.R..

24

H.G.G..

4

N.M.V..

25

G.R.P.L..

5

P.M..

26

S.M.F..

6

J.P.O..

27

J.H.M..

7

D.C..

28

A.M.C..

8

J.E.P.

29

H.P.C..

...

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