SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 90785 del 14-03-2017
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 14 Marzo 2017 |
Número de sentencia | STP3724-2017 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Número de expediente | T 90785 |
EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER
Magistrado Ponente
STP3724-2017
Radicación Nº 90785
Acta 82
Bogotá D.C., catorce (14) de marzo de dos mil diecisiete (2017).
Se pronuncia la Sala en relación con la demanda de tutela promovida por R.C.B. contra la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa, acceso a la administración de justicia, entre otros, dentro del trámite constitucional que instaurará contra la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, entre otros.
A la presente actuación fueron vinculados la mencionada Corporación, el Juzgado 31 laboral del Circuito de esta ciudad capital, la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Bogotá y Cundinamarca, la Defensoría del Pueblo, AFP Porvenir S.A. y AXA Colpatria S.A., así como los intervinientes del mencionado trámite constitucional, radicado 45792.
Según se desprende del escrito de tutela R.C.B. presentó ante la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, demanda constitucional contra la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá, el Juzgado 31 laboral del Circuito de esta ciudad capital, la Defensoría del Pueblo, la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Bogotá y Cundinamarca, AFP Porvenir y AXA Colpatria S.A., al considerar que las citadas autoridades judiciales incurrieron en irregularidades sustanciales que afectaron sus derechos fundamentales al debido proceso y defensa, al no haber declarado la nulidad del dictamen No. 12104325 del 28 de febrero de 2012, en lo concerniente a la fecha de estructuración de la enfermedad adquirida, la cual fue fallada adversamente mediante sentencia del 1º de febrero de 2017.
Advierte que notificado del citado fallo lo impugnó, sin embargo, el expediente no ha sido remitido al Juez constitucional de segunda instancia, lo que afecta sus derechos fundamentales al debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia.
De otra parte, se dedica a criticar las actuaciones y decisiones judiciales adelantadas dentro del proceso ordinario laboral que instaurara contra la Junta Regional de Calificación de Invalidez de Bogotá y Cundinamarca, AFP Porvenir y AXA Colpatria S.A., así como la forma en que se adelantó y fallo la demanda de tutela que con ocasión anterior promovió contra los citados despachos.
En ese contexto, solicito el amparo de sus derechos fundamentales, en consecuencia, se ordene a la Sala de Casación Laboral remitir de forma inmediata el expediente a su superior funcional en materia de tutelas.
TRÁMITE DE LA ACCIÓN
Avocado su conocimiento, se ordenó correr traslado de la demanda a las autoridades judiciales accionadas, así como a las partes e intervinientes del trámite constitucional referido, para que ejercieran el...
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