SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº 71922 del 19-02-2014
Sentido del fallo | CONFIRMA CONCEDE TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de sentencia | STP 1938-2014 |
Número de expediente | 71922 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Fecha | 19 Febrero 2014 |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS
JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ
Magistrado Ponente
STP 1938-2014
Radicación No. 71.922
(Aprobado acta número No. 47)
Bogotá, D.C., diecinueve de febrero de dos mil catorce.
OBJETO DE LA DECISIÓN
Resuelve la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Decisión de Tutelas, la impugnación interpuesta por IVÁN ORLANDO CUELLAR VARELA, contra el fallo de tutela emitido el 24 de enero de 2014, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante el cual accedió al amparo de su derecho fundamental de petición, luego de encontrarlo vulnerado por la Policía Nacional, siendo vinculados al trámite la Estación Décima de Engativá, el Juzgado 41 Penal del Circuito de Bogotá y el Jefe Seccional de Investigación Criminal SIJIN-MEBOG.
ANTECEDENTES
Y
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN
En nombre propio, IVÁN ORLANDO CUELLAR VARELA promovió acción de tutela para reclamar la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, petición e la igualdad; los cuales estima vulnerados por el Director General de la Policía Nacional de Colombia.
Ello, por cuanto, dice, pese a elevar solicitudes de información, con ocasión de los hechos ocurridos el 23 de octubre de 2012 donde resultó retenido en la Estación Décima de Policía de Engativá, en atención al proceso seguido bajo el radicado No. 11001600001720121511800, ante el Juzgado 41 Penal del Circuito de Bogotá, no se le ha suministrado respuesta alguna, la cual pretende hacer valer como prueba en la referida actuación adelantada en su contra.
Desde este panorama, pretende que por medio de la acción de tutela se ordene a la accionada contestar la petición con el objeto de informar i) si existen anotaciones en el libro de población; ii) expedir fotocopias de la minuta de vigilancia del personal o relación del personal en vigilancia ese día; iii) actas decomiso de armas y vehículos; iv) fotocopia de la orden de servicios de la SIJIN-MEBOG; v) cuál fue el personal de la SIJIN que actuó el día de los hechos y quién fungía como su comandante y; vi) qué anotaciones hay al respecto.
Por otro parte, solicitó compulsar copias de la actuación a fin de que se dé inicio a la respectiva investigación disciplinaria.
FALLO IMPUGNADO
A través de fallo del 24 de enero de 2014, la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá concedió el amparo del derecho fundamental de petición, reclamado por IVÁN ORLANDO CUELLAR VARELA, por lo que ordenó a la «Dirección de la Policía Metropolitana de Bogotá que dentro del término de 48 horas siguientes a la notificación del fallo de tutela, haga entrega a CUELLAR VARELA de la totalidad de los documentos relacionados en el oficio No. 007371 del 16 de enero de...
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