SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 62176 del 21-08-2012 - Jurisprudencia - VLEX 874055401

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 62176 del 21-08-2012

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha21 Agosto 2012
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 62176
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado Acta No.312

Bogotá D.C., veintiuno (21) de agosto de dos mil doce (2012).

VISTOS

Se pronuncia la Sala en primera instancia, respecto de la demanda de tutela presentada por J.E.P., en contra del Juzgado Primero Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Cúcuta y la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de la misma ciudad, en actuación que involucra al Juzgado Tercero Penal Municipal con función de control de garantías de esa misma localidad, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales a la libertad y al debido proceso, dentro del asunto penal que allí se le adelantara.

ANTECEDENTES

De la demanda de tutela y documentación anexa se puede llegar al conocimiento de los siguientes hechos:

1. El Juzgado Primero Penal del Circuito con funciones de conocimiento de Cúcuta, condenó a J.E.P. a la pena principal de 41 meses, multa de $1.339.000, y a la accesoria de derechos y funciones públicas por el mismo término de la pena impuesta, negándole el subrogado de la suspensión condicional de la pena y la sustitución de la prisión en establecimiento carcelario por la domiciliaria, como autor penalmente responsable de los delitos de tráfico, fabricación o porte de estupefacientes

Inconforme con la decisión, el accionante, a través de su apoderada judicial la apeló, y mediante sentencia de 29 de febrero de 2012 la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta la confirmó parcialmente, modificándola sólo en lo relacionado a la pena a imponer y la pena de multa, dejando la primera en treinta y dos (32) meses de prisión y la segunda en $515.000.

2. El accionante acude a la acción de amparo constitucional por no encontrarse conforme con la dosificación punitiva efectuada por las autoridades judiciales demandadas, desconociendo que para su situación en particular se debía imponer una pena de 21 meses de prisión y la suma de $669.500 por la multa, al considerar que estaría dentro de lo establecido por el factor objetivo dentro del beneficio de subrogado de condena de ejecución condicional y se le debía conceder la libertad bajo caución juratoria.

Sus pretensiones las encamina a que se revoquen las sentencias de primera y segunda instancia proferidas por el Juzgado Primero Penal del Circuito de Descongestión con función de conocimiento de Cúcuta y la Sala Penal del Tribunal Superior de la misma ciudad, para que se ordene otorgarle el 50% de descuento de rebaja de la pena de acuerdo al artículo 351de la Ley 906 de 2004, se le conceda el subrogado de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y se le otorgue la libertad inmediata conforme al artículo 63 del Código Penal.

TRÁMITE DE LA ACCIÓN

Avocado el conocimiento de la acción, se ordenó correr traslado a las autoridades accionadas para que ejercieran el derecho de contradicción.

1. Informa el Juzgado Primero Penal del Circuito de Descongestión con función de conocimiento de Cúcuta, que estando las diligencias al despacho, en la sentencia condenatoria que puso fin a la instancia, a J.E.P. se le concedió rebaja del 35% por el allanamiento a cargos, quedando como pena privativa de la libertad 41 meses de prisión, reconocimiento que se hizo atendiendo el mayor o menor grado de colaboración con la justicia.

Afirma que para ese momento procesal y conforme los elementos materiales probatorios que fueron valorados en su momento, el procesado no se hacía acreedor al subrogado de la suspensión condicional de la ejecución de la pena ni la prisión domiciliaria porque no cumplía el factor objetivo.

Por lo anterior, solicita a la Sala se declare la improcedencia de esta acción.

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