SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 80343 del 11-07-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874057869

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 80343 del 11-07-2018

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 80343
Fecha11 Julio 2018
Tribunal de OrigenCORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL9316-2018
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

Magistrado Ponente


STL9316-2018

Radicación n° 80343

Acta 25


Bogotá, D.C., once (11) de julio de dos mil dieciocho (2018).


Resuelve la Corte la impugnación interpuesta mediante apoderado judicial por ANA DELIA AVENDAÑO HERNÁNDEZ, LUIS ALEJANDRO AVENDAÑO AVENDAÑO Y TRANSPORTES LOS MUISCAS S.A. contra el fallo proferido por la Sala de Casación Civil el 16 de mayo de 2018, dentro de la acción de tutela que adelantó contra la SALA CIVIL FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE TUNJA, trámite al cual se vinculó a las partes e intervinientes dentro del proceso de responsabilidad civil extracontractual adelantado por H.M.B.V. y otros en contra de los aquí accionantes.

  1. ANTECEDENTES


Los accionantes fundamentaron el amparo invocado en los siguientes hechos:

Que los señores H.M.B.V., Blanca Ruby Mendieta Pastrana, Y.M.C.M. y el menor D.M.B.M. promovieron demanda de responsabilidad civil extracontractual en su contra, y en la de J.E.C.V. y la sucesión de M.F. de las Mercedes Guerra, trámite al que fue llamada en garantía Seguros Colpatria S.A., con la finalidad de que se les condenara a indemnizar los daños a ellos ocasionados en virtud del accidente de tránsito ocurrido el 30 de abril de 2010, donde resultó gravemente herido el último de los demandantes, al colisionar la buseta de placas UQY-007 con la volqueta de placas XAJ-685, vehículo de propiedad de la sucesión de María Filomena de las Mercedes Guerra.


Que el asunto le correspondió al Juzgado Primero Civil del Circuito de Tunja, despacho que suspendió el proceso civil mientras se decidía la causa penal seguida contra los conductores de los automotores por parte del Juzgado Segundo Penal del Circuito de Tunja, que mediante sentencia del 5 de junio de 2014, absolvió a J.E.C.V. y condenó a Luis Alejandro A.A. por homicidio culposo y lesiones personales culposas, decisión que fue revocada por la Sala Penal del Tribunal Superior de esa ciudad el 19 de mayo de 2016, en lo relacionado con A.A., quien también fue absuelto de dichas conductas punibles.


Que en el juicio civil, mediante sentencia del 24 de agosto de 2016, el a quo declaró: i) probadas las excepciones propuestas por los aquí accionantes de «ausencia de responsabilidad de la empresa de Transportes Los Muiscas» e «inexistencia de los presupuestos sustanciales para que se estructure la responsabilidad deprecada en el escrito de demanda»; ii) negó las pretensiones indemnizatorias respecto de los gestores del amparo; iii) proclamó civil y extracontractualmente responsables a J.E.C.V. y a la sucesión de M.F. de las Mercedes Guerra de los daños y perjuicios ocasionados a los convocantes con el accidente de tránsito ocurrido el 30 de abril de 2010; y iv) condenó a estos últimos a pagar la indemnización suplicada.


Que la parte demandante apeló y el Tribunal Superior de Tunja por pronunciamiento del 11 de septiembre de 2017, modificó lo resuelto por el a quo y declaró que a todos los convocados les asistía responsabilidad civil por los daños y perjuicios causados, contractual respecto al menor D.M.B.M., en lo que atañe a los ahora accionantes constitucionales; y extracontractual en relación con los demás demandantes, confirmando en lo...

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