SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 99730 del 16-08-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874063380

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 99730 del 16-08-2018

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 99730
Fecha16 Agosto 2018
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP10634-2018


EYDER PATIÑO CABRERA

Magistrado ponente


STP10634-2018

Radicación n° 99730

Acta 270.


Bogotá, D.C., dieciséis (16) agosto de dos mil dieciocho (2018).


ASUNTO


Se decide la impugnación presentada por el ciudadano Jhon Hans Bermúdez Pinzón, contra el fallo proferido el 30 de mayo del año en curso, por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, quien negó la tutela interpuesta en protección de los derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia e igualdad, presuntamente vulnerados por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de esta ciudad, trámite al que fueron vinculados las partes y demás sujetos intervinientes dentro del proceso ordinario laboral que se cuestiona.


ANTECEDENTES


  1. HECHOS Y FUNDAMENTOS


Los sucesos que motivaron la solicitud de amparo constitucional, las pretensiones del demandante y los informes de las partes, fueron reseñados por la Sala de Casación Laboral, de la forma como sigue:



Para el efecto, manifiesta que promovió la demanda de la referencia la cual le correspondió por reparto al Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Bogotá, quien mediante auto del 6 de julio de 2017 la inadmitió a fin de que subsanara la demanda aportando «un poder que facultara a demandar a todas las entidades demandadas y acreditar una supuesta reclamación administrativa para demandar a las entidades de la administración pública».


Expone que contra dicho auto, el cual considera interlocutorio, interpuso recurso de reposición «teniendo en cuanta que l (sic) motivación para subsanar la demanda, obligaba a renunciar la acción en contra de algunos de los demandados y portar un poder que de acuerdo a las reglas del Código General del Proceso, cumplía con la totalidad de los requisitos señalados en la Ley».


Que pese a lo anterior, el 12 de septiembre de 2017 el juzgado de conocimiento rechazó la demanda con sustento en que «el auto objeto de recurso de reposición no era interlocutorio, sino de sustanciación, motivo por el que debía procederse a la subsanación de la demanda una vez notificada la providencia de inadmisión», proveído contra el cual interpuso recurso de apelación.


Relata que el Tribunal cuestionado, el 15 de noviembre de 2017 confirmó la determinación de primer grado, decisión que comporta(sic) un salvamento de voto.


Reprocha el actor las decisiones de las autoridades judiciales cuestionadas, pues en su criterio el auto en virtud del cual se inadmite la demanda es interlocutorio y por ende contra el mismo procede el recurso de reposición.


Por lo anterior, solicita el amparo de sus derechos fundamentales invocados y como consecuencia de ello se dejen sin efecto todas las providencias proferidas al interior de referido proceso y en su lugar se ordene la admisión de la demanda o en su defecto se ordene resolver el recurso de reposición interpuesto y se conceda el término para...

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