SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 94057 del 28-09-2017
Sentido del fallo | CONFIRMA CONCEDE TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de expediente | T 94057 |
Fecha | 28 Septiembre 2017 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Pereira |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP15834-2017 |
Eyder Patiño Cabrera
Magistrado Ponente
STP15834-2017
Radicación n. ° 94057
Acta 324
Bogotá, D. C., veintiocho (28) de septiembre de dos mil diecisiete (2017).
ASUNTO
Se resuelve la impugnación presentada por William Ramírez Vargas, por intermedio de abogado, frente a la sentencia proferida el 14 de agosto de 2017 por el Tribunal Superior de Pereira, mediante la cual concedió el amparo al derecho al debido proceso contra el Juzgado Penal del Circuito de Santa Rosa de Cabal.
ANTECEDENTES
Hechos y fundamentos de la acción
Fueron relatados por el A quo de la siguiente manera:
2.1.- En sentencia de mayo 27 de 2016 el Juzgado Penal del Circuito de Santa Rosa de Cabal (Rda.) condenó al señor WILLIAM RAMÍREZ VARGAS como autor del delito de homicidio culposo en concurso con lesiones personales culposas a la pena de 24 meses de prisión, multa de 20 s.m.l.m.v., prohibición para conducir automotores por 36 meses, e inhabilitación de derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la sanción privativa de la libertad, y le concedió también la suspensión condicional de la ejecución de la pena.
(…)
2.3.- Al respecto pidió aclaración al Juez Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta ciudad, que actualmente vigila la ejecución de las sanciones que le fueron impuestas, y en aras de que se comunicara a la Procuraduría General de la Nación y a la Secretaría de Gobierno y Tránsito de Santa Rosa de Cabal (Rda.) lo pertinente, ya que en su criterio la suspensión condicional aplica tanto para la pena principal como para las accesorias, y nada se dijo en la sentencia, pero dicho funcionario que le indicó que la petición debía realizarla al juez de conocimiento.
2.4.- Hizo el mismo requerimiento a la Juez Penal del Circuito de Santa Rosa de Cabal (Rda.), la cual mediante auto de marzo 08 de 2017 no accedió a lo pedido, al considerar que la suspensión condicional de la ejecución de la pena solo se refiere a la pena de prisión, al no haberse referido a las sanciones accesorias, determinación que fue objeto de reposición, la cual fue resuelta en forma desfavorable a sus intereses.
2.5.- A raíz de las inhabilidades que presenta no se le permitió por parte del municipio de Santa Rosa de Cabal (Rda.) continuar en el cargo de conductor que venía desempeñando en la Secretaría de Desarrollo Económico y Competitividad desde enero 12 de 2010, y mediante Resolución 1546 de junio 15 de 2017 se dio por terminado su contrato de trabajo, labor del cual derivada el sustento de su núcleo familiar, conformado por su compañera permanente, y sus dos hijos, uno...
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