SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 96882 del 07-06-2018
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 07 Junio 2018 |
Número de expediente | T 96882 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Cartagena |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP7418-2018 |
JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO
Magistrado Ponente
STP7418-2018
Radicación n.° 96882
Acta n.° 184
Bogotá, D.C., siete (7) de junio de dos mil dieciocho (2018).
V I S T O S
Decide la Corte la impugnación planteada por la accionante DEISY CAMARGO CARRILLO, contra la sentencia del 23 de abril de 2018 emitida por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, a través de la cual negó el amparo de los derechos fundamentales invocados frente a la Dirección General de Sanidad Militar, el Hospital Naval de Cartagena, Droservicio Ltda., la Procuraduría General de la Nación y el Ministerio de Salud.
I. ANTECEDENTES
La ciudadana DEISY CAMARGO CARRILLO promovió demanda de tutela en procura de amparo para los derechos fundamentales a la salud, vida y dignidad humana -entre otros- que afirmó conculcados por Dirección General de Sanidad Militar, el Hospital Naval de Cartagena, Droservicio Ltda., la Procuraduría General de la Nación y el Ministerio de Salud.
En sustento del amparo pretendido, refirió la accionante que desde hace más de 30 años viene recibiendo los servicios en salud en el Hospital Naval de Cartagena, donde fue atendida por médicos especialistas por los quebrantos de salud que presenta desde el año 2012 debido a cambios hormonales.
Adujo que a inicios del año 2016 su estado de salud empeoró, motivo por el cual se ordenaron exámenes especializados y el médico tratante le formuló el medicamento denominado “ESTRÓGENOS CONJUGADOS SUPLESTROL”, cuya dispensación está a cargo de la empresa Droservicio Ltda. a través de la farmacia naval.
Aludió que en el mes de marzo de 2016 decidió retirar la segunda dosis del medicamento recetado, sin obtener resultados positivos toda vez que D.L.. le indicó que no estaba disponible, habiéndole hecho entrega con posterioridad del medicamento “ESTERMAX”, de presentación y laboratorio distintos, lo que le ocasionó
malestares generales.
Señaló que por lo anterior, radicó peticiones de fecha 24 de julio y 30 de octubre de 2017, dirigidos al Hospital Naval de Cartagena, a través de las cuales solicitó el suministro del tratamiento inicial y reportó los daños causados por el ultimo medicamento entregado.
Frente a tal requerimiento, el Hospital Naval de Cartagena le informó que el operador logístico diligenció formato de reporte ante el INVIMA, por lo que el medicamento se encontraba en proceso de compra. Además, se remitió por competencia su caso a la Dirección de Sanidad Militar y a la empresa Droservicio Ltda.
De otra parte, relató que presentó queja en contra del médico G.Q.O., a partir del maltrato que recibió de su parte al negarse a atenderla en privado luego de su oposición frente a la posibilidad de realizar la consulta en presencia de varios estudiantes de la Universidad R.N..
Por lo expuesto, solicitó la intervención del juez constitucional para ordenar “a la EMPRESA DROSERVICIO LTDA., entregarme los...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba