SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 98398 del 24-05-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874072664

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 98398 del 24-05-2018

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 98398
Fecha24 Mayo 2018
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cúcuta
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP6943-2018



Eyder Patiño Cabrera

Magistrado ponente


STP6943-2018

Radicación n.° 98398

Acta 161


Bogotá, D. C., veinticuatro (24) de mayo de dos mil dieciocho (2018).


ASUNTO


Se resuelve la impugnación presentada por Isaac Quintero Sánchez, frente al fallo emitido el 5 de abril de 2018, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta, mediante la cual negó la tutela interpuesta contra el Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa ciudad, por la presunta vulneración de su derecho al debido proceso.

ANTECEDENTES


Hechos y fundamentos de la acción


Fueron relatados por el A quo de la siguiente manera:


El señor I.Q.S. los expuso de la siguiente manera:


Desde hace más de un mes envié una redención de penas pero ya jurídica cumplió con lo mandado y el Juez Quinto de Penas y Medidas de seguridad no me ha respondido y las necesito para clasificación de mediana y es un derecho que tengo1.



LA SENTENCIA IMPUGNADA


La Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta negó por hecho superado el amparo incoado por el demandante, al estimar que en el trámite de la acción el Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa ciudad acreditó haber emitido respuesta a la solicitud presentada por aquél.

LA IMPUGNACIÓN


En el mismo oficio con el que se le comunica para su notificación la sentencia de primera instancia, el señor Isaac Quintero Sánchez manifestó su intención de impugnar la decisión, con la palabra “APELO”.


CONSIDERACIONES


1. Problema jurídico


Corresponde a la Corte determinar si el Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cúcuta, vulneró el derecho al debido proceso del actor, por no haber tramitado la solicitud encaminada a obtener redención de pena.


2. Hecho superado por emisión de la respuesta reclamada


Resulta innegable que la mora en resolver determinadas actuaciones judiciales afecta los intereses de los sujetos procesales que se encuentran a la espera de que se les defina una situación, lo cual, en ciertas ocasiones, puede trasgredir los derechos al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, entre otros.


En el presente asunto, el actor promovió acción de tutela en contra del Juzgado Quinto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cúcuta, alegando que no ha emitido respuesta a la petición de redención de pena elevada ante ese despacho.


En el trámite del amparo, el despacho...

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