SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 98292 del 03-05-2018
Sentido del fallo | REVOCA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Fecha | 03 Mayo 2018 |
Número de expediente | T 98292 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Cundinamarca |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP5861-2018 |
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
Magistrado ponente
STP5861-2018
Radicación n° 98292
(Aprobado Acta No. 137)
Bogotá D.C., tres (3) de mayo de dos mil dieciocho (2018).
VISTOS:
Resuelve la Sala la impugnación presentada por el Jefe de la Oficina Jurídica de la Alcaldía de M., contra la sentencia de tutela proferida el 12 de abril de 2018 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca, que amparó el derecho fundamental al debido proceso en favor de la adolescente T.P.R, vulnerados por la entidad impugnante.
Al trámite fueron vinculados el Ministerio de Justicia y del Derecho, la Fiscalía General de la Nación, el Juzgado Penal del Circuito de Funza, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF-, la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, y la Comisaría de Familia de Mosquera Cundinamarca.
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:
Según se establece de la actuación, la joven T. P. R., madre de gemelos menores de un año de edad, es compañera sentimental de R.A.G.G., quien está recluido en el Establecimiento Penitenciario y C. “La Modelo” debido a la investigación seguida en su contra por el delito de acceso carnal violento agravado, en cuya causa aparece como víctima la accionante. Sin embargo, ésta afirmó que las relaciones sostenidas fueron de mutuo acuerdo.
A la par, señaló que desde la presentación de la «falsa denuncia» por parte de Aurora Rojas, su madre adoptiva, la Fiscalía General de la Nación y el ICBF han iniciado en su contra una desmedida persecución, con lo cual se vulneraron sus derechos fundamentales a la intimidad y a la familia. Para el efecto explicó, que fue subida a un vehículo del ICBF y llevada a un hogar de paso en Madrid «en donde estuvo secuestrada por 21 días hasta que logró fugarse, para hacerse cargo de sus hijos».
En tal virtud, acudió ante la jurisdicción constitucional en busca del amparo de las garantías señaladas. Consecuente con ello, demandó que «se ordene a la Fiscalía investigar al juez que envío a la cárcel a su pareja» y, además, «disponga las investigaciones disciplinarias a que haya lugar contra el ICBF por su secuestro».
TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA:
Por auto del 23 de marzo de 2018, la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca admitió la demanda y dispuso notificar la iniciación del trámite a los sujetos pasivos de la acción.
El Juzgado Penal del Circuito de Funza...
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