SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 63603 del 24-10-2012 - Jurisprudencia - VLEX 874088553

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 63603 del 24-10-2012

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 63603
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha24 Octubre 2012
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia
S
egunda instancia Tutela 63603
ARTURO LOBO GUERRERO SARMIENTO.

Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE DECISIÓN PENAL DE TUTELAS


Magistrado Ponente:

FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO

Aprobado Acta No. 396


Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de octubre de dos mil doce (2012).


1. VISTOS:


Decide la Sala la impugnación interpuesta por ARTURO LOBO GUERRERO SARMIENTO, contra la sentencia proferida el 27 de septiembre de 2012, por una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá, a través de la cual negó el amparo de sus derechos fundamentales de petición y debido proceso, presuntamente vulnerados por el Juzgado Diecinueve de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esta ciudad.




2. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


1. Correspondió al Juzgado Diecinueve de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, vigilar la pena de dos (2) años, nueve (9) meses y veintiocho (28) días de prisión, impuesta al actor A.L.G.S. por el Juzgado Quinto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Descongestión de Bogotá, que mediante sentencia calendada 17 de junio de 2009 lo halló responsable del delito de destrucción, supresión y ocultamiento de documento público.


2. El Juzgado ejecutor mediante providencia del 29 de junio de 2012, decretó la extinción de la condena impuesta al accionante al haber constatado el cumplimiento de obligaciones y dispuso el archivo definitivo de las diligencias, previo remisión de las comunicaciones a las autoridades encargas de registrar antecedentes y la devolución de la caución prendaria.

3. Como quiera que para el 12 de agosto de 2012, no se habían remitido las comunicaciones respectivas, elevó el accionante, derecho de petición al Centro de Servicios Administrativos de los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, para que procedieran de conformidad, no obstante, al momento de interponer la acción constitucional -13 de septiembre de 2012-, aún no se había dado cumplimiento a la providencia del 29 de junio de 2012.


4. ARTURO LOBO GUERRERO SARMIENTO, acudió al juez de tutela para que le protegiera su derecho fundamental de petición, en consecuencia, solicitó se ordene al Juzgado Diecinueve de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá “atienda mi derecho de petición que se presentó ante ese despacho el 22 de agosto de 2012 y hasta la fecha no ha sido atendido”.


3. TRÁMITE DE LA ACCIÓN:


1. Una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá, ante el cual se presentó la solicitud de amparo admitió la demanda de tutela y vinculó al despacho judicial accionado.


2. La doctora YULY SAENZ BERDUGO, J.D. de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, señaló que...

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