SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 2700122080002018-00052-01 del 05-07-2018
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Fecha | 05 Julio 2018 |
Número de expediente | T 2700122080002018-00052-01 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Única de Quibdó |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STC8655-2018 |
ARIEL SALAZAR RAMÍREZ
Magistrado ponente
STC8655-2018
Radicación n.° 27001-22-08-000-2018-00052-01
(Aprobado en sesión de cuatro de julio de dos mil dieciocho)
Bogotá, D. C., cinco (5) de julio de dos mil dieciocho (2018).
Decide la Corte la impugnación formulada contra el fallo proferido el veintidós de mayo de dos mil dieciocho por la Sala Única del Tribunal Superior de Quibdó, dentro de la acción de tutela interpuesta por H.A.S.A. contra el Juzgado Civil del Circuito de esta ciudad; trámite al que se ordenó vincular al Gobernador del Departamento del Chocó y al Banco Agrario de Colombia.
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ANTECEDENTES
A. La pretensión
El accionante solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, mínimo vital y al trabajo que considera vulnerados por la autoridad accionada con ocasión a las decisiones proferidas el 2 de marzo y 22 de abril de 2018 que negaron de forma arbitraria la entrega de los títulos judiciales consignados por el Departamento del Chocó al interior del proceso de expropiación que se adelanta en su contra, situación que le está causando graves perjuicios de índole moral y patrimonial.
Por tal motivo, pretende que se ordene al accionado «proceda a la entrega inmediata de los títulos judiciales consignados a mi favor por el Departamento del Chocó para cancelar las obligaciones contraídas con el Banco Agrario de Colombia con ocasión a una hipoteca que sobre el bien expropiado recae y a su vez se ordene la entrega del excedente a mi favor.» [Folio 3, c.1]
B. Los hechos
1. El Gobernador del Departamento del Chocó formuló demanda contra el accionante para que se declare por causa de utilidad pública e interés social la expropiación para el desarrollo del proyecto denominado “Teatro César Conto Ferrer” del local comercial 105 ubicado en la carrera 3 No. 24-25, primer piso, identificado con la matrícula inmobiliaria No. 180-27251 de propiedad del actor.
2. La demanda le correspondió al Juzgado Civil del Circuito de Quibdó, autoridad que el 1º de febrero de 2018, la admitió y dispuso la notificación personal al tutelante.
3. El 6 de febrero siguiente el accionante presentó oposición a la oferta económica realizada por el Departamento del Chocó por concepto de pago de indemnización tras considerar que el valor ofrecido no corresponde a «una justa indemnización.»
4. El 27 de febrero siguiente el actor solicitó la entrega de los títulos que fueron consignados en la cuenta de depósitos judiciales del juzgado en el Banco Agrario de Colombia.
5. El 2 de marzo, el despacho ordenó la entrega anticipada del bien al Departamento del Chocó y se abstuvo de ordenar la entrega de los títulos como indemnización en razón a que existe un gravamen de hipoteca a favor del Banco...
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