SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 86931 del 19-07-2016 - Jurisprudencia - VLEX 874090874

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 86931 del 19-07-2016

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 86931
Fecha19 Julio 2016
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Medellín
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP10091-2016


República de Colombia

Corte Suprema de Justicia





CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No. 3


JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA Magistrado Ponente



STP 10091-2016

Radicación No. 86931


(Aprobado Acta No. 218)



Bogotá. D.C., diecinueve (19) de julio de dos mil dieciséis (2016).


Decide la Sala la impugnación interpuesta por JUAN GUILLERMO B.R., contra el fallo proferido el 16 de junio de 2016, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, mediante el cual negó por improcedente el amparo de los derechos fundamentales invocados, supuestamente vulnerados por la Fiscalía Cuarenta y siete Especializada –GAULA URBANO-, de esa misma ciudad.

ANTECEDENTES

Y

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


Así fueron sintetizados los fundamentos de la acción en el fallo constitucional de primera instancia:


Manifiesta el señor B.R. que se adelanta trámite de investigación penal y administrativa por parte de la Fiscalía General de la Nación por el delito de desaparición forzada del señor ÓSCAR DARÍO M.M., el cual se desempeñaba como conductor de taxi de placas TPZ-907 de propiedad del accionante y a la misma vez, el vehículo fue denunciado como desaparecido o hurtado el mismo día de la desaparición de M.M..


Después de hacer una relación de la normativa que rige el debido proceso, el señor B.R. concluye que la Fiscalía General de la Nación le está vulnerando sus derechos fundamentales, esto, debido a que después de transcurridos 5 años de la investigación bajo el radicado referenciado, no ha dado una solución al caso, ya que no lo ha cerrado, archivado o concluido, para de esta manera proceder a cancelar la matrícula o tarjeta de propiedad del vehículo TPZ-907 ante la Secretaría de Movilidad de Medellín; trámite independiente a la investigación por la desaparición del conductor del rodante.


En consecuencia, solicita que se ordene a la Fiscalía 47 Especializada de Medellín, el impulso y finalización de la investigación por prejudicialidad administrativa, para que emita a la vez una sentencia o fallo en la parte penal y a la Secretaría de Movilidad de Medellín, para que después de proferida la sentencia o decisión de la Fiscalía que ponga fin al proceso, emita un acto administrativo o resolución para proceder a la cancelación del vehículo de placas TPZ-907, sin ninguna afectación extensiva en el tiempo que lleva la investigación penal1.



EL FALLO IMPUGNADO


La Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín negó por improcedente el amparo invocado porque “… a pesar del tiempo que ha transcurrido en etapa de indagación, el ente fiscal en ningún momento se ha negado a dar respuesta a las solicitudes del accionante, incluso, en varias oportunidades, ha expedido certificaciones que dan cuenta que (sic) se desconoce el paradero del vehículo tipo taxi TPZ-907, siendo la última de ellas, del 22 de diciembre de 2015, constancia con la cual el señor B.R. puede solicitar la cancelación de la matrícula del automotor, pero ninguna actuación se observa al respecto; excepto la que originó que la Secretaría de Movilidad de Medellín se pronunciara el 8 de enero de 2013; pero en esa oportunidad, lo que se solicitó no fue la cancelación de la matrícula del vehículo, sino su reposición y además le informaron el trámite que debía hacer (sic) (…)2.

LA IMPUGNACIÓN


El solicitante del amparo impugnó la anterior decisión alegando que la Fiscalía no ha tomado ninguna determinación en relación con la investigación que adelanta por la desaparición de M.M., lo que le ha generado perjuicios, teniendo en cuenta que es propietario del taxi que también desapareció el día de los hechos, por lo que exige que se adopte una determinación en relación con la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR