SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002017-01634-01 del 20-03-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874091603

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002017-01634-01 del 20-03-2018

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de sentenciaSTC3871-2018
Número de expedienteT 1100102040002017-01634-01
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha20 Marzo 2018



ARIEL SALAZAR RAMÍREZ

Magistrado ponente


STC3871-2018

Radicación n.° 11001-02-04-000-2017-01634-01

(Aprobado en sesión de catorce de marzo de dos mil dieciocho)


Bogotá D. C., veinte (20) de marzo de dos mil dieciocho (2018).


Decide la Corte la impugnación formulada contra el fallo proferido el diez de octubre de dos mil diecisiete por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en la acción de tutela promovida por L.H.R.C. contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Cundinamarca, el Establecimiento Penitenciario y C. La Esperanza de Guaduas; actuación a la cual se ordenó vincular a los Juzgados Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad y al Promiscuo del Circuito, ambos de Guaduas, así como al Juzgado Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de P., a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, al Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y C. de P. y a los Intervinientes en la acción de tutela No. 25320-31-89-001-2017-00067.


I. ANTECEDENTES


A. La pretensión


El accionante solicitó el amparo de los derechos fundamentales de petición, debido proceso, acceso a la administración de justicia e igualdad, que estima vulnerados por las entidades accionadas al cometer irregularidades en la gestión y no concederle el permiso para salir de prisión hasta por 72 horas, así como por rechazar la impugnación interpuesta dentro del fallo de tutela que en oportunidad anterior instauró para lograr el mismo beneficio administrativo que ahora reclama.

En consecuencia, pretende que «la autoridad judicial competente a conocimiento y discrecionalidad de decisión estudie la viabilidad y concesión [de] otorga el beneficio administrativo de 72 horas». [Folios 34-40, c.1]


B. Los hechos


  1. A través de sentencia proferida el 21 de agosto de 2014, el Juzgado Sexto Penal del Circuito de Conocimiento de P. condenó a L.H.R.C. a 132 meses de pena privativa de la libertad e inhabilidad para el ejerció de derechos y funciones públicas, tras declararlo responsable del delito de homicidio bajo circunstancia de exceso en la legítima defensa.


  1. El condenado fue recluido en el Establecimiento Penitenciario y C. La Esperanza de Guaduas para el cumplimiento de la sanción impuesta y el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de esa Localidad asumió la función de control y vigilancia de la pena.


  1. El 12 de enero de 2017, el Juzgado negó la solicitud que el actor formuló con la finalidad de que se le concediera permiso administrativo de hasta 72 horas para salir de prisión, por no reunirse los requisitos necesarios para el otorgamiento.


  1. El señor R.C. incoó acción de tutela en contra el Centro Penitenciario por la presunta vulneración de su derecho de petición, pues en su sentir no brindó respuesta oportuna a las solicitudes que elevó el 16 de agosto, el 3 de octubre y 7 de diciembre de 2016, por medio de los cuales deprecó el...

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