SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 55132 del 07-07-2011 - Jurisprudencia - VLEX 874093993

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 55132 del 07-07-2011

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 55132
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha07 Julio 2011
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

TUTELA N° 55132

República de Colombia SILVESTRE CUSBA MORALES

Corte Suprema de Justicia






CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS



Magistrada Ponente:

MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS

Aprobado Acta N° 228



Bogotá, D.C., siete (7) de julio de dos mil once (2011)



OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO



Decidir la acción de tutela presentada por el señor SILVESTRE CUSBA MORALES en contra de la S. de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, el Tribunal Superior de Bogotá en su respectiva S. de Decisión Laboral y el Juzgado 12 Laboral del Circuito de la misma ciudad, por el presunto desconocimiento de los derechos fundamentales al debido proceso, defensa e igualdad.


ANTECEDENTES RELEVANTES


1. El Juzgado 12 Laboral del Circuito de Bogotá, conoció del proceso ordinario promovido por el señor SILVESTRE CUSBA MORALES por intermedio de apoderado judicial, en contra de la empresa G & J BOYACÁ, para que se declarara: i) la existencia de una relación laboral a término indefinido del 2 de enero de 1996 al 30 de diciembre de 2002 y ii) la obligación del empleador de pagarle el 1.2% por concepto de comisiones sobre ventas, por ventas de pago de contado, recaudos y rentabilidad.


En consecuencia, se condenara a la demandada a pagarle: i) $134.822.069 por concepto de comisión de ventas desde 1996 hasta 2002, teniendo en cuenta que solamente le fue cancelado el 0.2% de lo acordado, ii) las indemnizaciones por despido injusto y moratoria por el no pago oportuno de los salarios y prestaciones adeudados y iii) las comisiones por ventas ocasionales efectuadas en días no laborables.


Agotado el trámite del proceso, el 12 de octubre de 2007 profirió sentencia por cuyo medio absolvió a la demandada1.


2. Apelada la anterior decisión por la parte accionante, fue confirmada el 29 de febrero de 2008 por una S. de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Bogotá2.


3. La S. de Casación Laboral de esta Corporación mediante providencia de 7 de septiembre de 2010 no casó la sentencia de segunda instancia3.


FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


El señor SILVESTRE CUSBA MORALES, luego de hacer un recuento de los hechos motivo del proceso ordinario y de las sentencias allí proferidas, sostiene que tales determinaciones constituyen vías de hecho porque las autoridades accionadas no efectuaron una adecuada valoración de los medios de prueba aportados.


Por ello, pide amparar los derechos fundamentales invocados, dejar sin efecto las sentencias de instancia y de casación proferidas en el proceso ordinario reseñado y ordenar que se emita otra reconociendo en su favor las pretensiones de la demanda.


TRÁMITE DE LA ACCIÓN


Con auto del pasado 5 de julio, esta S. asumió el conocimiento de la demanda y ordenó notificar el presente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR