SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 77145 del 13-12-2017 - Jurisprudencia - VLEX 874095848

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 77145 del 13-12-2017

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha13 Diciembre 2017
Número de expedienteT 77145
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Medellín
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL21207-2017


GERARDO BOTERO ZULUAGA

Magistrado Ponente



STL21207-2017 Radicación no 77145

Acta nº. 46



Bogotá, D.C., trece (13) de diciembre de dos mil diecisiete (2017).


Decide la Corte la impugnación interpuesta por ROBERTO VÉLEZ ARBOLEDA, a través de apoderado judicial, contra la sentencia del 26 de octubre de 2017, proferida por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE MEDELLÍN en la acción de tutela que inició contra la REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL DE ENVIGADO tramite al que fue vinculada la REGISTRADURÍA DELEGADA PARA EL REGISTRO CIVIL y la IDENTIFICACIÓN, la DIRECCIÓN NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN y el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES.



  1. ANTECEDENTES


Roberto Vélez Arboleda reclamó la protección de sus derechos fundamentales «a la personalidad jurídica y del debido proceso», presuntamente vulnerados por la accionada.


Indicó que vivió en el Municipio de Envigado hasta los 26 años de edad; que el 24 de agosto de 1982, la Registraduría de dicha localidad le expidió la cédula de ciudadanía; que se encuentra radicado en el Estado de la Florida, Estados Unidos hace 26 años; que el 26 de Diciembre de 2009, se presentó en el Consulado de Colombia en la Florida con el fin de solicitar la expedición del duplicado y actualización de su documento de identidad y pese a que le entregaron «la contraseña», el Ministerio de Relaciones Exteriores le informó, el 9 de mayo de 2012, que su petición había sido trasladada a la Coordinación de cedulación en el Exterior de dicho Ministerio.


Señaló que el 22 de mayo de 2012, elevó derecho de petición ante el Consul General de Colombia, en el que requirió nuevamente la «expedición del duplicado de su cédula de ciudadanía» y que el 1 de junio de 2012, la entidad le manifestó que «no aparece ningún trámite solicitado, como tampoco registro en el Archivo Nacional de Identificación (…)».


Expresó que el 12 de julio de 2012, la Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante oficio N°.01341, le indicó que «según certificación suscrita por los Delegados Departamentales del Estado Civil para el Departamento de Antioquia, confirman que no reposa en sus archivos Tarjeta Alfabética nombre de Roberto Vélez Arboleda (…)».



Manifestó que la Coordinación del Grupo Jurídico DNI de la Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante oficio N°. 75218, le informó que «el cupo numérico que corresponde al señor Roberto Vélez Arboleda es el 71.724.744 bajo el nombre de Daniel Echavarría Vélez sobre el cual podría solicitar inicialmente la rectificación con el Registro Civil donde aparece con los datos que quiere hacer valer...

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