SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 65633 del 13-03-2013 - Jurisprudencia - VLEX 874097195

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 65633 del 13-03-2013

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 65633
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha13 Marzo 2013
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia
S
egunda instancia Tutela 65633
NIDIA YASMIN MESA MARTÍNEZ

Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL


Magistrado Ponente:

FERNANDO ALBERTO CASTRO CABALLERO

Aprobado Acta No. 079


Bogotá, D.C., trece (13) de marzo de dos mil trece (2013).


VISTOS:


Decide la Sala, la impugnación interpuesta por la ciudadana NIDIA YASMIN MESA MARTÍNEZ, contra la sentencia proferida el 13 de febrero de 2013, por una Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, a través de la cual negó el amparo de los derechos fundamentales de igualdad, trabajo, mínimo vital, seguridad social, salud y estabilidad laboral reforzada de la mujer embarazada, presuntamente vulnerados por el Ministerio de Defensa, Ejercito Nacional - Jefatura de Desarrollo Humano, Batallón de Intendencia No 1o “LAS JUANAS”.


ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


1. Informó la accionante, NIDIA YASMIN MESA MARTÍNEZ, que laboró de manera personal y subordinada para el Ministerio de Defensa Nacional – Ejercito Nacional Jefatura de Desarrollo Humano – Batallón de Intendencia No 1 “Las Juanas” de esta ciudad, a través de contratos individuales de trabajo a término fijo, desde el año 2007, como Coordinadora de Planta de Mantenimiento con un salario de $1.900.000 mensuales.


2. Que el último contrato suscrito inició el 1º de junio y finalizó el 31 de diciembre de 2012, no obstante el 22 de noviembre de esa anualidad se le informó sobre la no prórroga del mismo para la vigencia del año 2013.


3. Agregó que para el 31 de diciembre de 2012, se encontraba en estado de gravidez – contaba con cuatro semanas de embarazo-, por lo que “al producirse el despido durante mi etapa de gestación, el Ministerio de Defensa, Ejercito Nacional, Jefatura de Desarrollo Humano – Batallón de Intendencia No 1 “Las Juanas” violó los derechos fundamentales a la vida, a la seguridad social, a la dignidad humana, al trabajo, al mínimo vital y móvil y a la protección a la mujer en estado de embarazo”


4. Como quiera que afirma que en razón de su estado de gravidez, no ha logrado vincularse laboralmente, afirma que ha debido asumir el pago de los costos de atención médica que demanda su embarazo, aunado a que su esposo se encuentra sin trabajo, solicita en consecuencia i) sea reintegrada, mediante prórroga del contrato a término fijo celebrado el 30 de mayo de 2012, a un cargo de iguales o mejores condiciones a las que venía desempeñando, ii) se le garantice su afiliación al sistema de seguridad social y iii) le sean cancelados los salarios dejados de percibir desde el momento de su retiro hasta la fecha en que se haga efectivo su reintegro.


TRÁMITE DE LA ACCIÓN:


El Tribunal ante el cual se presentó la solicitud de amparo admitió la demanda y vinculó a las autoridades accionadas.


Durante el traslado ofreció respuesta:


i) El Teniente Coronel GERMAN DELGADO CORREA del Batallón de Intendencia No 1 “Las Juanas”, se opuso a las pretensiones de la accionante, por considerar que si bien es cierto el 31 de diciembre de 2012, finalizó el contrato de trabajo a término fijo No 0129, para esa fecha no había sido informado sobre el estado de gravidez de N.Y.M.M., al respecto señaló: “por lo tanto debe entenderse que nunca se le violó o lesionó los derechos a la tutelante, quien debió informar de manera oportuna su estado de...

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