SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 57235 del 21-01-2015 - Jurisprudencia - VLEX 874107169

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 57235 del 21-01-2015

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de sentenciaSTL321-2015
Número de expedienteT 57235
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha21 Enero 2015
República de Colombia



Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



ELSY DEL PILAR CUELLO CALDERÓN

Magistrada ponente


STL321-2015

Radicación n° 57235

Acta 6


Bogotá, D. C., veintiuno (21) de enero de dos mil quince (2015)


Se resuelve la impugnación interpuesta por HÉCTOR ANDRADE MOSQUERA contra el fallo dictado por la Sala de Casación Civil el 16 de octubre de 2014, en el trámite de tutela que promovió contra la SALA DE CASACIÓN PENAL de esta Corporación y el TRIBUNAL SUPERIOR DE MANIZALES al que se vinculó a las partes e intervinientes dentro del proceso penal adelantado contra el accionante.


I. ANTECEDENTES


El accionante pidió la protección de sus derechos fundamentales de petición, al debido proceso y a la libertad.

Relató que, el 12 de mayo de 2012, el Juzgado Único Penal de Circuito Especializado de P. lo absolvió de los delitos de concierto para delinquir en concurso con los de tráfico de estupefacientes agravado y de sustancias para el procesamiento de narcóticos, por no encontrar pruebas que lo implicaran; el 24 de junio de 2013, el Tribunal Superior de Manizales revocó y lo condenó a la pena principal de 319 meses de prisión y multa de 3.733,32 smlmv; que interpuso recurso extraordinario de casación, el cual fue inadmitido por la Sala de Casación Penal, el 29 de enero de 2014, por carecer de técnica y no observarse dentro de la actuación vulneración a las garantías de los intervinientes.


Adujo que su vinculación al proceso penal obedeció a que fue encontrado en uno de los inmuebles allanados en desarrollo del operativo denominado SOBERANÍA TRES, MISIÓN TÁCTICA FARO 1, sin advertir que cerca al lugar de los hechos cumplía un contrato de mantenimiento de una planta eléctrica, luego su actuación fue de buena fe, sin tener conocimiento del ilícito; que aún así fue detenido y judicializado el 11 de febrero de 2009, por miembros del Batallón de Infantería Número 3, Misión Táctica Faro, que se desarrolló en varios lugares y edificaciones «sin orden de allanamiento por autoridad judicial competente, y luego de dichos procesamientos ilegales se encontró un supuesto centro de acopio y producción de narcóticos y con precursores en un vehículo en lugares distintos, en un área de aproximadamente de 50 hectáreas, con participación de informantes y reinsertados de las AUC, procediendo a la retención e interrogatorios de los responsables y dejándolos en libertad en preacuerdo ilegal. Luego proceden a hacer captura de varias personas encontradas en el sector». Que tres días después, se procedió a la legalización de las capturas mediante la firma de las actas de derechos de los capturados y hasta el 13 de febrero fueron puestos a disposición de la autoridad competente. Afirmó que los jueces de control de garantías declararon ilegales las capturas en flagrancia, pero que posteriormente fue detenido, y que al existir diversos sindicados se han ido adelantando procesos independientes.


Refirió que se presentaron varias irregularidades que vician su proceso, tales como: «se da captura sin tener orden escrita, se hace un allanamiento ilegal y se presenta como una captura en flagrancia y en vez de cumplir con lo ordenado por la ley fueron sometida a interrogatorios y reconocimientos, ilegales sin presencia de defensores, además el trámite precedente de legalización de la misma es extendida sin razón y los elementos incautados se dejan ver como destruidos cuando aún seguía existiendo 20 días después, y el juez que conoce esta causa ya se había pronunciado sobre el asunto».


Por lo relatado solicitó declarar la nulidad «sobre la totalidad de los dos fallos y se ordene su restablecimiento en debida forma y abriendo...

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