SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002018-01775-00 del 04-07-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874109478

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002018-01775-00 del 04-07-2018

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de expedienteT 1100102030002018-01775-00
Fecha04 Julio 2018
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTC8473-2018
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


L.A. RICO PUERTA

Magistrado ponente


STC8473-2018

Radicación nº 11001-02-03-000-2018-01775-00

(Aprobado en Sala de cuatro de julio de dos mil dieciocho)


Bogotá, D.C., cuatro (4) de julio de dos mil dieciocho (2018).

Decide la Corte la acción de tutela promovida por Maritza Mendoza Palomino contra la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali y el Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de esa ciudad; trámite al que fueron vinculados el Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple, la Secretaría de Seguridad y Justicia Gestión Jurídica Administrativa de la Alcaldía, todos del mismo lugar, y los intervinientes en la pertenencia nº 2010-00511.


ANTECEDENTES

1. Obrando en nombre propio, la accionante reclama la protección de los derechos fundamentales al debido proceso, tercera edad, salud, vida digna, «buena fe…seguridad jurídica y confianza legítima», supuestamente vulnerados por la Corporación judicial acusada al revocar el fallo del Juzgado Dieciséis Civil del Circuito de Cali que negó las pretensiones de la acción de dominio que planteó A.P. en su contra por vía de reconvención y, en su lugar, accedió a la reivindicación ordenando la restitución del inmueble que habita junto con su hija, «la cual está en embarazo de alto riego».

2. Manifiesta que en el año 2017 presentó una nueva demanda de usucapión sobre el mismo predio ante el Juzgado Primero de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Cali que está en curso.


Agrega que la Secretaría de Seguridad y Justicia Gestión Jurídica Administrativa de la Alcaldía de Cali fue comisionada para el desalojo decretado en el litigio primigenio.


3. Pide que se suspenda la entrega de la vivienda mientras se decide el asunto civil que está tramitando (2017-00686), f. 2 y 24.


RESPUESTA DE LOS ACCIONADOS Y VINCULADOS


1. El Juez Dieciséis Civil del Circuito de Cali remitió copia de la sentencia que profirió (ff. 75 a 81).


2. La Oficina de Comisiones Civiles nº 15 de la Subsecretaría de Acceso a los Servicios de Justicia de Cali informó que durante la diligencia de entrega practicada el 19 de junio de 2018 le concedió tres meses a la quejosa para desocupar el predio (ff. 84 a 88).


3. La Magistrada de la Sala Civil del Tribunal de Cali que actuó como ponente de la providencia cuestionada, dijo que confirmó la sentencia de primer grado que negó la pertenencia, «como quiera que se demostró que...

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