SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 51378 del 19-06-2018
Sentido del fallo | NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de sentencia | STL8709-2018 |
Fecha | 19 Junio 2018 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA |
Número de expediente | T 51378 |
JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN
Magistrado ponente
STL8709-2018
Radicación n.° 51378
Acta Extraordinaria 60
Bogotá, D. C., diecinueve (19) de junio de dos mil dieciocho (2018).
Procede la Sala a pronunciarse, en primera instancia, respecto de la acción de tutela presentada por ORLANDO LINEROS VELASCO contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BUCARAMANGA y el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad.
-
ANTECEDENTES
El señor O.L.V. instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, trabajo, igualdad, acceso a la administración de justicia, y seguridad jurídica y normativa, presuntamente vulnerados por las autoridades accionadas.
Dice que el 27 de septiembre de 1996 celebró contrato de prestación de servicios profesionales de abogado con la señora Isabel Cristina Blanco Hernández en nombre propio y en representación de su hija, para iniciar proceso de acción de reparación directa por la muerte del señor José Hoover Sepúlveda Restrepo; que se pactó el «50% sobre el valor total de lo que reciba por concepto de esta reclamación, en virtud de la gestión encomendada y referida en los poderes conferidos, hasta la fecha en que se efectúe el pago total de las sumas reconocidas»; que adelantó la gestión encomendada conforme al mandato conferido, la que culminó con sentencia favorable en primera instancia el 30 de agosto de 2004; que el 12 de noviembre de 2014 el superior modificó la decisión en relación con los valores de las condenas.
Que finalizadas las instancias y una vez inició los trámites para la expedición de las copias de la actuación para obtener el pago de las condenas, le fue revocado el poder por parte de la contratante, solicitud que fue aceptada mediante auto del 3 de junio de 2015 por el Tribunal Administrativo de Oralidad de Santander; que la señora I.C.H. retiró las copias y procedió a realizar las labores ante el Ministerio de Defensa Nacional para el pago directo de la sentencia, desconociendo la labor del profesional del derecho y por ende el pago de los honorarios.
Que las contratantes formularon denuncia en su contra ante la Fiscalía General de la Nación «por el delito de infidelidad de los deberes profesionales, […]»; que la anterior fue archivada el 13 de septiembre de 2017 por el desinterés de la víctima; que también presentaron queja disciplinaria ante el Consejo Seccional de la...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba