SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 64160 del 05-12-2012 - Jurisprudencia - VLEX 874122190

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 64160 del 05-12-2012

Sentido del falloCONCEDE TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha05 Diciembre 2012
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 64160
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL – SALA DE DECICIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

J.L.B.M.
Aprobado acta número 448

B.D.C., cinco de diciembre de dos mil doce.

Decide la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Decisión de Tutelas, la acción interpuesta por H.M. en calidad de agente oficioso de H.L.R.S., en contra del representante legal de la E.P.S.-S. CRUZ BLANCA SOCIEDAD PROMOTORA DE SALUD S.A. y el Director de la I.P.S. CLÍNICA SANTA BIBIANA, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales.

ANTECEDENTES

Y

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

1. Señaló el libelista que su esposa H.L.R. –afiliada a la E.P.S.-S. Cruz Blanca Entidad Promotora de Salud S.A.-, es una persona de 54 años que se encuentra “postrada”, sin que pueda movilizarse de su lecho, habida cuenta de que mide 170 centímetros de estatura y su peso es de 135 kilos, padece hipertensión, afecciones cardiacas, respiratorias e intenso dolor en su columna vertebral.

2. Por lo anterior la paciente fue atendida el 13 de noviembre de 2012 en “consulta externa de cirugía bariátrica”, en la cual el médico le determinó “obesidad mórbida de 30 años de evolución” y ordenó la realización de exámenes de laboratorio y “paraclínicos necesarios para ingresar al programa” –quirúrgico-, entre estos, dispuso consultas de “psicología” y “nutrición”.

3. La queja de la demanda se centró en que, no obstante advertirse necesaria y urgente la práctica del procedimiento quirúrgico atrás indicado, el demandante fue informado de que: i) la única persona que puede indicar cuándo se –practicará- la cirugía bariátrica es la nutricionista, la cual se encuentra gozando de su licencia de maternidad; y ii) por este año no hay agenda para la intervención de bypass gástrico.

RESPUESTA DE LAS AUTORIDADES ACCIONADAS

La Auditora Médica L.T.G. de la clínica S.B. señaló que para la paciente debe ser claro que el manejo de su intervención en la misma institución, “se realiza por un grupo interdisciplinario conformado por el cirujano (sic), nutrición, psicología, anestesia; quienes previo a la realización de la cirugía y con el fin de minimizar los riesgos (…) y postoperatorios esperan lograr que la paciente tenga adherencia al programa nutricional y además consciencia de su enfermedad; esta adherencia se ve reflejada en pérdida de peso durante el tratamiento; adicionalmente debe tener el visto bueno de psiquiatría y de psicología y la valoración de anestesiología, donde se evalúe el estado de la paciente para poder ser llevada a cirugía.

“Para continuar el proceso, la paciente debe realizarse los paraclínicos solicitados, asistir a la cita de nutrición y de psicología.

“Posteriormente debe acudir a controles mensuales por nutrición durante 3 meses, donde se verificará la adherencia al tratamiento, y si se logra la perdida de peso, se asigna la cita a psicología. Todas las especialidades deben dar visto bueno para poder asignar fecha para la charla grupal, para esta cita debe asistir con un familiar, en esta charla se explican los riesgos y beneficios de la cirugía y luego se cita a junta quirúrgica donde se define el tipo de procedimiento de acuerdo al estado de la paciente el día de dicha junta.

“Como puede observarse, para nosotros (sic) es muy importante que el paciente tenga claro el proceso previo a la cirugía y tenga la claridad de los pasos y cambios de hábitos que debe tener previo a la cirugía para poder así tener los mejores resultados en salud para la paciente y para el personal que estará a cargo del caso”.

Teniendo en cuenta lo anterior es claro que no se ha presentado “mora en la atención de la paciente y que todo el manejo depende del deber de cada ciudadano de cuidar la salud, buscando cumplir con las recomendaciones médicas, buenos hábitos de alimentación y autocuidado para poder lograr mejorar la salud y evitar llegar a sobre peso, como ocurrió en este caso, sin embargo una vez la paciente logre los objetivos del programa y siga los pasos arriba mencionados, podrá verse la posibilidad de programarse un procedimiento bariátrico”.

CONSIDERACIONES DE LA SALA

1. La demanda está dirigida a cuestionar la mora...

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