SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 51638 del 04-07-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874123863

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 51638 del 04-07-2018

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de sentenciaSTL8904-2018
Número de expedienteT 51638
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Fecha04 Julio 2018
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

Magistrado Ponente


STL8904-2018

Radicación n° 51638

Acta 24


Bogotá, D.C., cuatro (4) de julio de dos mil dieciocho (2018).


Se resuelve la primera instancia en la acción de tutela instaurada por DÉIVER PARRA RONDÓN contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BUCARAMANGA, trámite extensivo al Juzgado Único Laboral de Barrancabermeja (Santander) y a las partes e intervinientes dentro del proceso fuero sindical n.° 2016-00464-00.



  1. ANTECEDENTES


El accionante fundó la petición amparo en los siguientes hechos:


Que se vinculó a la Procesadora de Aceite Oro Rojo Ltda., a través de un contrato de trabajo de trabajo a término indefinido desde el 17 de septiembre de 2012; que el 9 de marzo de 2014, fue designado presidente de la Organización Sindical SINTRAPROACEITES (seccional Sabana de Torres), cargo que ejerció hasta el 3 de abril de 2016; que el 25 de ese mes y año, tuvo «un altercado» con M.F.A.V., quien interpuso denuncia en su contra por supuestas lesiones; que el 30 de junio de ese año, fue nombrado como Directivo del comité seccional de SINTRAPALMAS.


Que en el Juzgado Único Laboral del Circuito de Barrancabermeja (Santander), la empresa presentó demanda especial de fuero sindical, despacho que por sentencia del 28 de septiembre de 2017, negó el levantamiento de fuero pretendido en el escrito inicial, por cuanto «no estaba demostrada plenamente la justa causa para dar por terminado el contrato de trabajo(…)», decisión que al ser apelada fue revocada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de B. mediante sentencia del 18 de diciembre de 2017.


Adujo que la determinación de la empresa «ratificada por el tribunal (…) desconoce criterios de proporcionalidad frente a la imposición de una sanción», que es vulneradora de sus derechos fundamentales.


Manifestó que padece quebrantos de salud que debe chequearse en forma constante, para «próximas cirugías», y que su hija depende de él económicamente, y además, presenta cuadro asmático grave.


Por lo anterior, solicitó el amparo de sus derechos fundamentales al trabajo, a la seguridad social, al mínimo vital, a la salud, al fuero sindical, a la estabilidad laboral y a la «calidad de vida» y en consecuencia, se ordene el reintegro al puesto de trabajo que vía ocupando y el pago de los salarios dejados de percibir.

Mediante auto del 27 de junio de 2018, esta sala avocó...

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