SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 76821 del 13-11-2014 - Jurisprudencia - VLEX 874123907

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 76821 del 13-11-2014

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha13 Noviembre 2014
Número de sentenciaSTP15598-2014
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 76821
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia



Corte Suprema de Justicia


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 2



JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

MAGISTRADO PONENTE


STP15598-2014

R.icación N° 76821

Aprobado acta N° 389



Bogotá, D.C., trece (13) de noviembre de dos mil catorce (2014)



V I S T O S



La Sala decide en primera instancia, la acción de tutela promovida por el ciudadano DIEGO ALEJANDRO BERMÚDEZ SÁNCHEZ, contra el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad Acacias -Meta y la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Villavicencio, por presunta lesión de sus derechos constitucionales.


ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


Según se desprende del contenido de la demanda y demás piezas procesales allegadas al presente trámite, mediante sentencia del 17 de enero de 2012, el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Medellín condenó a DIEGO ALEJANDRO BERMÚDEZ SÁNCHEZ por el delito de homicidio en el grado de tentativa y fabricación, tráfico o porte de armas de fuego.


Actualmente el cumplimiento de la condena es vigilado por el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacías -Meta, despacho ante el cual el sentenciado solicitó la redosificación de la sanción con la inaplicación del aumento de penas consagrado en la Ley 890 de 2004, de conformidad con pronunciamiento de la Sala de Casación Penal el pasado 27 de febrero de 2013 (radicado 33254).

La anterior petición fue resuelta en forma desfavorable mediante proveído del 26 de mayo de 2014, al considerar el juzgado ejecutor que la reforma solo es viable por vía de acción de revisión, único mecanismo para alterar la inmutabilidad de la sentencia, toda vez que la decisión citada por el sentenciado no genera cambio o modificación a la legislación aplicada al momento de emitirse la sentencia.


La anterior decisión fue recurrida por vía de reposición y apelación, los que fueron resueltos desfavorablemente, el primero por el mismo despacho mediante auto de 18 de junio, y el segundo por la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio el 15 de septiembre del presente año.


En vista de lo anterior DIEGO ALEJANDRO BERMÚDEZ SÁNCHEZ acude de manera directa al mecanismo de amparo, en procura de protección para el derecho fundamental al debido proceso que estima vulnerado por parte del Juzgado Tercero de Ejecución de Penas de Acacías y el Tribunal Superior de Villavicencio, por razón de la vía de hecho materializada en los proveídos reseñados, al no acceder a la redosificación de la pena, cuando el juez de penas cuenta con las herramientas efectivas para salvaguardar derechos fundamentales readecuando la pena por cambio jurisprudencial.

Por ello, espera la intervención del juez de tutela para que ordene al juzgado accionado efectuar la redosificación en los términos que lo peticionó.


TRÁMITE DE LA ACCIÓN


Al avocar la presente acción se dio cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 13 del Decreto 2591 de 1991, por lo que se ordenó surtir traslado a las autoridades accionadas para el ejercicio del derecho de contradicción.


Frente a tal requerimiento, el Magistrado Ponente del Tribunal y el asistente jurídico del Juzgado de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR