SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 91747 del 10-02-2021
Sentido del fallo | REVOCA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Fecha | 10 Febrero 2021 |
Número de expediente | T 91747 |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Civil y Agraria |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STL1370-2021 |
IVÁN MAURICIO LENIS GÓMEZ
Magistrado ponente
STL1370-2021
Radicado n.° 91747
Acta 05
Bogotá, D.C., diez (10) de febrero de dos mil veintiuno (2021).
La Corte decide la impugnación que el representante legal de la sociedad INNOVAXION S.A.S. interpuso contra el fallo que la homóloga Civil de esta Corporación profirió el 7 de diciembre de 2020, en el trámite de la acción de tutela que la recurrente promovió contra la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ y el JUEZ TREINTA Y DOS CIVIL DEL CIRCUITO de la misma ciudad.
- ANTECEDENTES
El representante legal de la sociedad convocante promovió acción de tutela con el fin de obtener la protección de los derechos fundamentales de su prohijada al debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia.
Del escrito inaugural y de los elementos de prueba que conforman el expediente se extrae que Innovaxion S.A.S. instauró demanda ejecutiva contra Estructuras Integrales de Colombia S.A.S., para lograr el cobro coercitivo de un pagaré que «le endosó en propiedad la empresa Furell Ltda y/o Hernán Moreno Pérez».
El asunto se asignó por reparto al Juez Treinta y Dos Civil del Circuito de Bogotá, quien libró mandamiento de pago contra la ejecutada el 4 de febrero de 2019.
La convocada a juicio presentó excepciones de mérito y el juez de conocimiento dictó auto de 17 de junio de 2019, por medio del cual ordenó a Furell S.A. que rindiera un informe acerca del endoso del título valor y citó a Hernán Moreno Pérez para que declarara sobre tal operación cambiaria.
Luego, en sentencia de 26 de julio de 2019, el a quo declaró probadas las excepciones de mérito y condenó en perjuicios y costas a la actora, aquí tutelante.
Inconforme con la decisión, la ejecutante apeló la determinación, sin embargo, el Tribunal encausado confirmó la actuación de primer grado mediante sentencia de 20 de noviembre de 2019.
En criterio de la proponente, el juez de primer grado vulneró sus derechos fundamentales, pues «desbordó el límite de sus facultades constitucionales y legales […] al momento de decretar y practicar pruebas oficiosas y resolver, dándole un valor probatorio que no corresponde a las pruebas».
Por otra parte, indicó que el Tribunal también transgredió sus garantías, pues basó su decisión en una valoración probatoria «sesgada».
Conforme lo anterior, se infiere que pretende la protección de los derechos invocados, que se...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba