SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 89686 del 26-01-2017 - Jurisprudencia - VLEX 874135944

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 89686 del 26-01-2017

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP732-2017
Número de expedienteT 89686
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cali
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha26 Enero 2017





JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO

Magistrado



STP732-2017

Radicación N° 89686

Aprobado acta N° 21





Bogotá, D.C., veintiséis (26) de enero de dos mil diecisiete (2017).






V I S T O S






Se pronuncia la Sala sobre la impugnación interpuesta por el accionante JOSÉ ISIDRO CALDERÓN FERNÁNDEZ, en relación con la sentencia de tutela adoptada el 24 de noviembre de 2016 por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de Cali, por cuyo medio negó el amparo de los derechos fundamentales que se afirman vulnerados por la Gobernación y Secretaría Departamental del Valle.

I. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN





Según lo refieren las diligencias, mediante resolución No. 0218 del 22 de julio de 2009, la Gobernación del Valle del Cauca reconoció y ordenó el pago de la deuda de retroactivo por concepto de homologación y nivelación salarial, entre otros, a favor del funcionario adscrito al sector educativo JOSÉ ISIDRO CALDERÓN FERNÁNDEZ, la suma de $ 128.004.262. En el mismo acto administrativo, se ordenó cancelar a la doctora C.C.S.R., la suma de $ 7.242.043.423, por concepto de honorarios. de conformidad con lo establecido en los contratos suscritos con los funcionarios a quienes representó dentro del proceso, valor que incluyó el IVA y que fue descontado por solicitud directa de la abogada en mención.



Es así, que el señor C.F. formuló ante la Gobernación del Valle varios derechos de petición (5 de octubre de 2010, 27 de septiembre y 9 de diciembre de 2013)1 solicitando la devolución de la suma ($ 62.519.052) descontada por concepto de honorarios a favor de la doctora CARMEN CRISTINA SALAZAR ROSERO, en tanto afirma que no le ha otorgado poder alguno a la mencionada abogada para que acudiera en su representación a reclamar las sumas adeudadas.


Se sabe que por razón de los anteriores hechos, JOSÉ ISIDRO CALDERÓN FERNÁNDEZ instauró en julio de 2011 denuncia en contra de la abogada C.C.S.R. por el presunto delito de falsedad en documento, habiéndole correspondido conocer de las diligencias a la Fiscalía Treinta y Cuatro Seccional de Cali, despacho que acumuló por conexidad otras 12 indagaciones que se adelantan con ocasión de similares denuncias.




En tales condiciones, J.I.C.F. promovió demanda de tutela, en procura de amparo para los derechos fundamentales de petición, debido proceso y acceso a la administración de justicia que afirmó conculcados por la Dirección Seccional de Fiscalías de Cali, la Gobernación y Secretaría de Educación Departamental del Valle.





En sustento del amparo pretendido, refirió el accionante que al conocer de los descuentos fraudulentos realizados por concepto de honorarios acudió a la Secretaría de Educación Departamental, donde se le sugirió que ubicara a la abogada CARMEN CRISTINA SALAZAR ROSERO porque ella estaba devolviendo el dinero pagado por error, búsqueda que resultó infructuosa por lo que procedió a radicar sendos derechos de petición ante la Gobernación del Valle pero no recibió respuesta alguna.




De otra parte, pone de presente que por los mismos

hechos los Juzgados Administrativos de Cali le han concedido acciones de tutela a varios de sus compañeros de trabajo, ordenando la devolución de los dineros.




Destacó que si bien tuvo conocimiento que la abogada CARMEN CRISTINA SALAZAR ROSERO desde enero de 2010 ha venido reintegrando a algunos de sus compañeros las sumas que por concepto de honorarios les fue descontada, lo cierto es que en su caso no ha sucedido lo mismo, sin que la Gobernación del Valle adelante las gestiones para reintegrarle los dineros que arbitrariamente le fueron descontados.




En relación con la denuncia presentada, destacó que han trascurrido más de cinco años desde entonces, sin que a la fecha el despacho fiscal a cargo haya judicializado a los responsables de los hechos, motivo por el cual el 27 de septiembre de 2013 radicó derecho de petición ante la Fiscalía Treinta y Cuatro Seccional de Cali, en el que pidió agilizar la investigación, frente a lo cual no se la ha dado respuesta.




Por lo anteriormente expuesto, solicitó que se ordene a la Gobernación del Valle, devolver a su favor los dineros que por efecto de la homologación salarial le fueron descontados y pagados arbitrariamente a la abogada C.C.S.R., teniendo como único sustento legal unos poderes y documentos falsos, los que ascienden a la suma de $ 62.519.052. Así mismo, peticionó que el reintegro del dinero se produzca de manera indexada al momento del pago.


De igual manera, que se ordene a la Gobernación del Valle proceda a pagarle los dineros que le adeuda por sueldos retroactivos y los cuales fueron reconocidos en la...

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