SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 66987 del 22-06-2016
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Fecha | 22 Junio 2016 |
Número de expediente | T 66987 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Laboral de Bogotá |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STL8479-2016 |
República de Colombia
Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
JORGE MAURICIO BURGOS RUIZ
Magistrado ponente
STL8479-2016
Radicación n° 66987
Acta n°. 22
Bogotá, D.C., veintidós (22) de junio de dos mil dieciséis (2016).
Decide la Corte sobre la impugnación interpuesta por FLOR MARINA MORENO GUERRERO contra la providencia proferida por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ el 16 de mayo de 2016, dentro de la acción de tutela que instauró la recurrente en contra de SALUDCOOP EPS ORGANISMO COOPERATIVO EN LIQUIDACIÓN, CAFESALUD EPS, la INSTITUCIÓN AUXILIAR DEL COOPERATIVISMO AIC GPP SALUDCOOP y el MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL, trámite al cual se vinculó la SUPERINTENDENCIA DE SALUD.
I. ANTECEDENTES
La señora F.M.M.G. presentó acción de tutela con el fin de que se protegieran sus derechos fundamentales a la vida, a la salud, a la seguridad social, al mínimo vital, a la igualdad y a la dignidad humana.
Manifestó que el 21 de septiembre de 1999 suscribió contrato de trabajo a término indefinido con Saludcoop EPS OC., hoy en liquidación; que a la fecha cuenta con 53 años de edad, que es madre cabeza de familia y que el 10 de noviembre de 2011 la Aseguradora de Riesgos Laborales la Equidad determinó que padece la enfermedad del Síndrome del Túnel del C. derecho, la cual fue calificada como de origen profesional con fecha de estructuración del 4 de agosto de 2008, así mismo que el 21 de agosto de 2013 Saludcoop EPS notificó a la actora la calificación de enfermedades que padecía, «en los siguientes términos Dx, síndrome del túnel del carpo izquierdo es una enfermedad de origen laboral y el síndrome de manguito rotador izquierdo (oc), bursitis subacromio subdeltoidea izquierda (oc) son enfermedades de origen común».
Señaló que desde el inicio de su vinculación, ha prestado de manera personal su servicio a Saludcoop EPS OC en liquidación, no obstante que desde febrero de 2016, su empleador «se ha abstenido de realizar el reconocimiento de sus salarios, prestaciones sociales y aportes al sistema de seguridad social, sin dar justificación para ello».
Expone que desde el 8 de abril de 2016 Saludcoop EPS OC, por orden de Cafesalud EPS le ha impedido el ingreso a las instalaciones donde cumple sus funciones como trabajadora.
Que como quiera que considera vulnerados sus derechos laborales en tanto que no ha obtenido el pago de salarios, prestaciones sociales y aportes al Sistema Integral a la Seguridad...
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