SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 61433 del 26-08-2015 - Jurisprudencia - VLEX 874145496

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 61433 del 26-08-2015

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 61433
Fecha26 Agosto 2015
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Medellín
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL11431-2015

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



GUSTAVO HERNANDO LÓPEZ ALGARRA

Magistrado ponente


STL11431-2015

Radicación n.° 61433

Acta 29


Bogotá, D. C., veintiséis (26) de agosto de dos mil quince (2015).


Resuelve la Corte la impugnación formulada por el CONCEJO MUNICIPAL DE ENVIGADO contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, dentro de la acción de tutela que promovieron LINDA MARÍA PINO CORREA y SANTIAGO MOLINA VALENCIA contra la REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, REGISTRADURÍA MUNICIPAL DE ENVIGADO, CONCEJO MUNICIPAL DE ENVIGADO y la ALCALDÍA MUNICIPAL DE ENVIGADO.



  1. ANTECEDENTES


L.M. PINO CORREA y SANTIAGO MOLINA VALENCIA instauraron acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso y participación ciudadana.

Refirieron que la Alcaldía Municipal de Envigado y el Departamento Administrativo de Planeación profirieron la resolución No. 5496 del 27 de noviembre de 2014, por medio de la cual se fija el presupuesto de distribución, se aprueba la distribución y se asignan las contribuciones individuales de valorización como instrumento de financiación de la obra «construcción del mega plan vial de movilidad y accesibilidad»; que para la ejecución del plan no se realizó ninguna concertación, ni socialización con la comunidad; que debido a la inconformidad de los ciudadanos frente al cobro de la valorización, algunas personas solicitaron al Concejo Municipal y a la Registraduría la autorización para realizar un cabildo abierto por el tema de la valorización, acompañada con más de 1900 firmas de ciudadanos; que la solicitud fue negada por vicios de forma; que las firmas recolectadas satisfacen los requisitos legales.


Con fundamentó en lo expuesto, solicitan que se ordene a la Registraduría Municipal de Envigado y al Concejo Municipal de Envigado que autorice la realización del cabildo abierto, reconozcan su condición de voceros y promotores, reciban las firmas aportadas, se disminuya el tiempo de revisión de firmas y se tengan por subsanados los requisitos de forma aducidos por la Registraduría para negar el Cabildo.


TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA



Por auto de 25 de junio de 2015, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín admitió la acción interpuesta, vinculó a la Registraduría Nacional del Estado Civil y a la Alcaldía Municipal de Envigado; ordenó notificar a las autoridades accionadas y vinculadas con el fin de que ejercieran el derecho de defensa y contradicción.



El P. y la Secretaria del Concejo Municipal de Envigado señaló que una vez fue recibido el documento del 15 de mayo de 2015, por el cual se peticionó la convocatoria a un cabildo abierto, se...

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