SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 56630 del 25-10-2011 - Jurisprudencia - VLEX 874146815

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 56630 del 25-10-2011

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Villavicencio
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 56630
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Fecha25 Octubre 2011
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

TUTELA 56630

YUDY LINETH CIFUENTES GONZÁLEZ

IMPUGNACIÓN



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS



Magistrado Ponente:

JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

Aprobado Acta No.381



Bogotá D. C., veinticinco (25) de octubre de dos mil once (2011).



VISTOS



Decide la S., la impugnación interpuesta por el apoderado del accionante Y.L.C.G., contra el fallo emitido el 8 de septiembre de 2011 por la S. Penal del Tribunal Superior de Villavicencio, a través del cual negó la tutela instaurada contra el Juzgado Segundo Penal del Circuito y la Fiscalía 12 Seccional de la misma ciudad, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y a la defensa, en desarrollo de un asunto penal donde fue condenada como autora penalmente responsable del delito de falsedad material en documento público.



ANTECEDENTES



De la demanda de tutela y documentación anexa se llega al conocimiento de los siguientes hechos:


1. Por hechos ocurridos el 8 de agosto de 2006 en la ciudad de Villavicencio, el Juzgado 3º Penal del Circuito de esa ciudad profirió sentencia condenatoria en contra de YUDY LINETH CIFUENTES GONZÁLEZ, por cuyo medio la declaró penalmente responsable del delito de tráfico de moneda falsa, y le impuso como consecuencia, la pena principal de 36 meses de prisión; a la par, le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.


2. Y.L.C.G. acude a la acción de amparo constitucional pues considera que al interior del proceso penal adelantado en su contra se incurrieron en múltiples violaciones de su derecho fundamental al debido proceso, ya que no contó con una adecuada defensa técnica, no le fueron notificadas las decisiones relevantes adoptadas por las autoridades judiciales al interior del trámite, -a pesar de que ella en su diligencia de indagatoria, había suministrado los datos exactos de su ubicación- y se le negó “la libertad condicional” pese a tener derecho a ella por cumplir con todos los requisitos que para el efecto exige la ley.


3. Sus pretensiones las encamina a que por este excepcional mecanismo de protección se reivindique la garantía constitucional que le viene siendo conculcada y en ese orden, se deje sin efecto jurídico la sentencia proferida en su contra por el Juzgado 3º Penal del Circuito de Villavicencio.


S. solicita se le conceda el subrogado de la...

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