SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 75603 del 20-09-2017 - Jurisprudencia - VLEX 874149841

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 75603 del 20-09-2017

Sentido del falloREVOCA CONCEDE TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 75603
Fecha20 Septiembre 2017
Tribunal de OrigenTRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE CARTAGENA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL15156-2017
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS

Magistrado ponente


STL15156-2017

Radicación n.° 75603

Acta 34


Bogotá, D. C., veinte (20) de septiembre de dos mil diecisiete (2017).


Resuelve la Corte la impugnación interpuesta, a través de apoderado, por ORLANDO ARTURO CABARCAS MÁRMOL, frente al fallo proferido el 11 de agosto de 2017, por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, dentro de la acción de tutela que interpuso contra la CAJA DE SUELDOS DE RETIRO DE LA POLICÍA NACIONAL.


  1. ANTECEDENTES


El accionante aspira el amparo de su derecho fundamental de petición.


Relata que fue agente de la Policía Nacional, y que actualmente goza de una asignación de retiro; que el 8 de agosto de 2015, solicitó ante la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, la reliquidación de la asignación de retiro teniendo en cuenta «los incrementos anuales conforme al IPC» y los «aumentos decretados por el Gobierno Nacional para la fuerza pública desde el año 1997 al año 2004», y que le entregaran copia auténtica del acto administrativo mediante el cual se reconoció la pensión, de la hoja de servicios y de la «certificación de la última unidad laborada que fue el departamento de Policía Bolívar».


Que la accionada «ha hecho caso omiso a su petición acerca del incremento pensional y suministro de las copias rogadas, sobrepasando los términos estipulados por la ley para contestar una petición».


Por lo anterior, solicitó que se ordenara a la entidad accionada que un no término no mayor a 48 horas, contadas a partir de la notificación del fallo de tutela, suministre respuesta a su petición y expida las copias solicitadas.


  1. TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA


Mediante proveído del 1 de agosto de 2017, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena avocó el conocimiento y ordenó notificar a la entidad accionada para que hiciera uso del derecho de defensa.


La Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, manifestó que por oficio n.º 17799/OAJ del 23 de septiembre de 2015, dio respuesta a la petición del accionante, en la que se informó que por sede administrativa no era procedente el reajuste de la mesada pensional con base en el IPC, «teniendo en cuenta que en las mesas de trabajo convocadas por el Gobierno Nacional en las que participó el Ministerio de Defensa Nacional, la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, la Procuraduría General de la Nación, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del...

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