SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 2013-01707-01 del 16-12-2013
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Tribunal de Origen | Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal |
Emisor | SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Número de expediente | T 2013-01707-01 |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Fecha | 16 Diciembre 2013 |
Corte Suprema de Justicia
Sala de Casación Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN CIVIL
Magistrado Ponente:
LUIS ARMANDO TOLOSA VILLABONA
Bogotá, D.C., dieciséis (16) de diciembre de dos mil trece (2013)
Discutido y aprobado en Sala realizada el 12 – 12 – 2013
EXP: 11001-02-04-000-2013-01707-01
Decídese la impugnación formulada frente a la sentencia dictada el 29 de agosto de 2013 por la SALA DE CASACIÓN PENAL dentro de la tutela promovida por F.R.G. contra la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ, JUZGADO SEXTO PENAL DEL DISTRITO CON FUNCIONES DE CONOCIMIENTO DE BOGOTÁ.
1. ANTECEDENTES
1. El peticionario invoca la protección de los derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, legalidad y defensa, los cuales considera vulnerados con ocasión de la actuación del despacho accionado.
2. Afirma que en el Juzgado 6 Penal del Circuito de Bogotá se tramita en su contra proceso penal por el presunto punible de homicidio agravado.
Celebrada la audiencia de formulación de acusación el veintidós (22) de febrero de 2012, la preparatoria el cinco (05) de junio de 2013, y juicio oral el veinte (20) de marzo de 2013, en ésta última la defensa del actor solicitó recepcionar testimonio como prueba sobreviniente, por cuanto su versión redundaría en el resultado del proceso. El juez rehusó su recaudo, decisión confirmada por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá.
Cuestiona las determinaciones de los convocados porque al negar la práctica del testimonio, no se argumentaron razonablemente las decisiones, omitiendo referirse a la condición sobreviniente de la prueba, transgrediendo su derecho fundamental al debido proceso, impidiéndole desvirtuar su acusación.
3. Solicita invalidar las providencias recriminadas, y en consecuencia, disponer la práctica del testimonio.
1.1. Respuesta de la accionada
.
La Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá remitió cuadro sinóptico de la providencia replicada.
No rindió informe el Juzgado 6 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá.
1.2. La sentencia impugnada
Negó el amparo tuitivo, al inferir que las autoridades accionadas sustentaron razonablemente el rechazo de la prueba sobreviniente.
1.3. La impugnación
R. el inconforme, remitiéndose a los argumentos del escrito genitor.
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