SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 82355 del 13-12-2018
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Número de sentencia | STL16539-2018 |
Número de expediente | T 82355 |
Tribunal de Origen | CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Fecha | 13 Diciembre 2018 |
CLARA C.D.Q.
Magistrada ponente
STL16539-2018
Radicación n.° 82355
Acta no. 47
Bogotá, D. C., trece (13) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
La Sala resuelve la impugnación interpuesta por HERGON AGRO S.A.S. contra el fallo proferido el 10 de octubre de 2018 por la SALA CIVIL de esta Corporación, dentro de la acción de tutela que adelanta el recurrente contra la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI y el TRIBUNAL DE ARBITRAMENTO DEL CENTRO DE CONCILIACIÓN, ARBITRAJE Y AMIGABLE COMPOSICIÓN DE LA CÁMARA DE COMERCIO de la misma ciudad, trámite al cual fueron vinculados SEMILLAS DEL VALLE S.A., así como las partes e intervinientes dentro del proceso arbitral no. 2017-00001 y ejecutivo no. 2013-00092.
I. ANTECEDENTES
La empresa HERGON AGRO S.A.S. instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO, DEFENSA, IGUALDAD y ACCESO A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, presuntamente vulnerados por las autoridades convocadas.
En lo que interesa al presente trámite constitucional, refirió la promotora que el 29 de marzo de 2006 celebró un contrato de distribución con la sociedad Semillas del Valle S.A., con el fin de que esta última «entregara previamente sus productos en consignación a Hergón para que éste los comprase y vendiera en la zona de Córdoba, Sucre, Norte de Antioquia y Sur de Bolívar». Asimismo, pactaron que las controversias que se suscitaran debían resolverse por un Tribunal de Arbitramento.
Manifestó la proponente que S.d.V.S. presentó demanda ejecutiva en su contra, con el fin de obtener el pago de $2.159.759.554, suma contenida en el pagaré objeto de recaudo.
Expuso que dicho trámite se adelantó en el Juzgado Primero Civil del Circuito de Sincelejo, autoridad que en proveído de 28 de mayo de 2014 dispuso la terminación del proceso, tras encontrar probada la excepción denominada «alteración del texto del título e inexistencia de la obligación que se cobra – cobro de lo no debido», decisión que la parte vencida en juicio apeló ante la Sala Civil – Familia – Laboral del Tribunal Superior de la misma ciudad, Colegiado que en fallo de 29 de julio de 2015 confirmó la determinación de primer grado.
Relató la petente que el 25 de septiembre de 2015, la empresa Semillas del Valle S.A. formuló proceso arbitral en su contra, con el propósito que se declarara el incumplimiento del referido contrato y, en consecuencia, se ordenara la liquidación de las obligaciones contraídas por las partes.
Indicó que dicho procedimiento se llevó a cabo en el Tribunal de Arbitramento de la Cámara de Comercio de Cali, autoridad que luego de agotar las etapas correspondientes, emitió laudo el 27 de octubre de 2016, a través del cual accedió a las...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba