SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002018-01681-00 del 28-06-2018 - Jurisprudencia - VLEX 874161632

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102030002018-01681-00 del 28-06-2018

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Número de sentenciaSTC8303-2018
Fecha28 Junio 2018
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 1100102030002018-01681-00
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA



OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE

Magistrado Ponente


STC8303-2018

Radicación n.° 11001-02-03-000-2018-01681-00 (Aprobado en sesión de veintisiete de junio de dos mil dieciocho)


Bogotá, D.C., veintiocho (28) de junio de dos mil dieciocho (2018).


Resuelve la Sala la tutela de E.S.D.C. contra la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, su Relatoría, Caracol Radio S.A. y Red Juristas S.A.S.


ANTECEDENTES


1. Mediante apoderado, el actor solicita que se protejan sus derechos al debido proceso, dignidad, intimidad, honra, buen nombre, trabajo y hábeas data, ordenando a Caracol Radio S.A. “eliminar y borrar de [su] página web la información negativa” en relación con el proceso penal que se le siguió por el delito de pornografía de menores “y/o en su defecto neutralizar la posibilidad de libre acceso a la noticia ‘Desarticulan red de pornografía infantil en Barranquilla’ a partir de la mera digitación de [su nombre] en los buscadores de Internet”


Igualmente, a la Relatoría de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y a R.J. S.A.S. sustituir su nombre completo que aparece en el fallo proferido por la Corporación el 2 de noviembre de 2010, publicado en Internet, por una sucesión de letras o números que impida identificarlo o eliminar de su base de datos toda referencia a él.


2. En suma, refirió que la Sala de Casación Penal inadmitió la demanda con que atacó la sentencia que le impuso una condena a setenta y ocho (78) meses de prisión por el señalado ilícito, a la postre declarada prescrita.


Sostuvo que el 14 de septiembre de 2005 Caracol Radio consignó en su página Web una nota en la que se le menciona como “…cerebro de la organización que reclutaba menores de edad para la producción de vídeos que eran comercializados internacionalmente”.


Manifestó que pasado el tiempo su abogado pidió que la precitada eliminara de la base de datos y de todos los motores de búsqueda disponibles la noticia, pero la misma no le respondió, limitándose a actualizarla el 28 de noviembre de 2017, en el sentido que “se extinguió por prescripción la pena de prisión impuesta…, otorgándole la libertad”, por lo que “no actuó conforme a lo solicitado”.


Afirmó que en virtud de esa “noticia dañina” ha sufrido “rechazos y prejuicios sociales” que le impiden acceder a oportunidades laborales, afectando su patrimonio económico, su intimidad y la de su familia; además, ha...

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