SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 73529 del 28-06-2017 - Jurisprudencia - VLEX 874162705

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 73529 del 28-06-2017

Sentido del falloREVOCA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha28 Junio 2017
Número de expedienteT 73529
Tribunal de OrigenTRIBUNAL SUPERIOR SALA LABORAL DE CARTAGENA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL11009-2017


RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Magistrado ponente


STL11009-2017

Radicación n.° 73529

Acta 23



Bogotá D.C., veintiocho (28) de junio de dos mil diecisiete (2017).


La Sala resuelve la impugnación que interpuso la SEGUNDA ZONA DE RECLUTAMIENTO Y CONTROL DE RESERVAS DISTRITO MILITAR No. 14 DEL EJÉRCITO NACIONAL, contra el fallo que profirió la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cartagena, el 8 de mayo de 2017, dentro de la acción de tutela que instauró EDISON CONTRERAS COGOLLO contra la recurrente.



  1. ANTECEDENTES


Edison Contreras Cogollo promovió acción de tutela contra la Nación, Ministerio de Defensa Nacional, Comando General de las Fuerzas Militares, Dirección de Reclutamiento y Control de Reservas, Distrito Militar No. 14 Zona 02, con el fin de que se protegieran sus derechos fundamentales a la vida digna en conexidad con el trabajo, mínimo vital y debido proceso.


Manifestó, para respaldar su solicitud, que se encontraba sin libreta militar y sin posibilidad de trabajo digno; que terminó sus estudios de bachillerato en el año 2012, en el C.C.R.; que dicha institución lo remitió al Distrito Militar No. 14, con el fin de que formalizara su situación militar; que allí le informaron que debía esperar a la mayoría de edad para lograr dicho propósito; que inició sus estudios superiores en el año 2013, en la Universidad de Cartagena; que acudió a la Junta de Remisos del Distrito Militar No. 14 en el año 2016, para obtener en esa segunda oportunidad su libreta militar y aportó toda la documentación que le fue requerida; que, no obstante, la entidad le negó la expedición de dicho documento, porque tenía una multa de cuatro millones de pesos; que, en dicha ocasión, firmó el acto administrativo a través del cual se le había impuesto dicha sanción pecuniaria y solicitó copia del mismo, pero le fue negada.


Refirió que, el 20 de enero de 2017, presentó una petición ante la dependencia ya citada, dirigida a que se revisara su caso y se tuviera en cuenta, primero, que no había sido debidamente notificado del acto administrativo contentivo de la multa, segundo, su situación socioeconómica y, tercero, su puntaje en el Sisbén y la falta de recursos para asumir los costos de la libreta militar; que la entidad referida contestó su petición y le indicó que no lo podía exonerar del pago de la sanción ni de los costos de la expedición de la libreta militar, debido a que el procedimiento previo a la imposición de dichos rubros había sido compatible con la normatividad de reclutamiento y movilización; que, en cuanto a la notificación del acto administrativo, le informó que la misma se había surtido en forma personal.


Indicó que la Dirección de Reclutamiento y Control de Reservas, Distrito Militar No. 14, vulneró sus garantías superiores, especialmente su derecho fundamental al debido proceso, en atención a que «obvió la obligación de la que habla el artículo 2 de la Ley 1184 de 20081 (sic)» y puso en peligro su capacidad para obtener un trabajo digno y concluir sus estudios.


A partir de los hechos relatados, solicitó que se protegieran los derechos transgredidos y pidió que, como medida dirigida a su restablecimiento, se ordenara a la entidad accionada que se pronunciara sobre su situación militar y que le entregara su libreta militar, sin el pago previo de ninguna suma de dinero.


  1. TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA


La Sala Laboral del Tribunal Superior de Cartagena, a la que se asignó el conocimiento del asunto en primera instancia, admitió la tutela mediante auto de fecha 24 de abril de 2017, en el que corrió traslado al Comando General de las Fuerzas Militares...

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