SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 64411 del 28-01-2013 - Jurisprudencia - VLEX 874162773

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 64411 del 28-01-2013

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha28 Enero 2013
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 64411

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA Aprobado Acta No.15

Bogotá. D.C., veintiocho (28) de enero de dos mil trece (2013).

VISTOS

Se pronuncia la Corte, en primera instancia, acerca de la demanda de tutela promovida por B.E.A.D., contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Armenia por la presunta vulneración de su derecho fundamental al debido proceso.

ANTECEDENTES

1. Informa la demandante que por haber sido encargada como J. del Departamento Seccional de Pensiones Risaralda del Instituto de Seguros Sociales -entidad que ha sido demandada en tutela en innumerables oportunidades-, actualmente se están tramitando en su contra “diferentes incidentes de desacato (…) los cuales no han sido notificados de manera personal como lo indica la ley, dichas notificaciones los JUZGADOS y el TRIBUNAL de la ciudad de Armenia Quindío lo ordenan por comisionado (…)”.

2. Acompañando un escrito aclaratorio de la demanda[1], la accionante aporta una relación de 688 incidentes de desacato que le están siendo o le fueron promovidos por los distintos despachos judiciales contra los cuales originariamente[2] dirigió la acción.

Afirma que tanto en las acciones de tutela como en sus respectivos incidentes de desacato se vulneró su derecho fundamental al debido proceso, pues respecto de las primeras no se integró en debida forma el contradictorio, y en cuanto a los segundos, no se le notificó personalmente su iniciación.

Sus pretensiones las encamina a que a través de este medio de defensa excepcional se “i) decrete la nulidad de todos y cada uno de los fallos de incidente de desacato adelantados en mi contra y que en consecuencia se le de cumplimiento al artículo 3º del decreto 2013 de 2012 vinculando a COLPENSIONES dentro de los fallos de tutela para que sean ellos quienes den el estricto cumplimiento de los fallos de tutela hoy motivo de incidentes; 2) proteger mi derecho fundamentales [sic] a la libertad personal; 3) ordenarle a COLPENSIONES que se vincule a los diferentes procesos conforme a lo ordenado al artículo 60 del código de procedimiento civil; 4) que con base en la solicitud de la medida provisional especial se expida oficio con destino a los Departamentos de Policía RISARALDA, QUINDÍO y METROPOLITANA DE BOGOTÁ y sijin a nivel nacional cancelando de manera provisional las ordenes [sic] de captura que existan en mi contra por orden de los difeentes [sic]...

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