SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 44517 del 21-08-2013 - Jurisprudencia - VLEX 874169969

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 44517 del 21-08-2013

Sentido del falloCONFIRMA CONCEDE TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil - Familia - Laboral de Sincelejo
Número de expedienteT 44517
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Fecha21 Agosto 2013
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL2811-2013
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL


RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Magistrado Ponente


STL2811-2013

Radicación No. 44517

Acta No. 26



Bogotá D.C., veintiuno (21) de agosto de dos mil trece (2013)


Resuelve la Corte la impugnación que interpuso la parte accionante contra el fallo proferido por la Sala Civil Familia Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo, el 22 de mayo de 2013, dentro de la acción de tutela que promovió J.D.U.S. contra la NACIÓN, SENADO DE LA REPÚBLICA, RECURSOS HUMANOS.


ANTECEDENTES


Juan David Uribe Salcedo promovió acción de tutela contra el Senado de la República por cuanto considera vulnerado su derecho fundamental de petición.


Señaló que el 5 de abril de 2013, solicitó a la accionada, lo desvinculara del régimen contributivo de salud, toda vez que aparece afiliado como trabajador dependiente, con suspensión por mora en el pago de aportes, en virtud que no se ha reportado la novedad tras su desvinculación de la entidad, lo que le impide acceder a los servicios de salud en el régimen subsidiado, sin que a la fecha haya recibido respuesta a su solicitud.


Con fundamento en los hechos expuestos el accionante pretende que se ordene al ente accionado dé respuesta a lo solicitado.


La Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Sincelejo dio trámite a la acción de tutela por auto del 9 de mayo de 2013.


Dentro del término de traslado correspondiente, el Jefe de la División de Recursos Humanos del Congreso de la República, manifestó que el accionante elevó la petición a través de un correo electrónico que se encuentra deshabilitado por una falla en el sistema, y que aún no le ha sido asignada la clave para acceder al mismo; razón por la cual no tuvo conocimiento de lo solicitado sino hasta la notificación de la acción de tutela; que el área encargada de realizar el reporte de novedades es la Sección de Registro y Control, la cual remitió la resolución de desvinculación del actor a la EPS COOMEVA; y que una vez tuvieron conocimiento de la acción de tutela, le dieron solución al caso del accionante.


Mediante fallo del 22 de mayo de 2013, el Tribunal concedió el amparo solicitado por el accionante, ordenando al Jefe de la División de Recursos Humanos del Congreso de la República que dé respuesta de fondo a la solicitud elevada por aquél.


La entidad...

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