SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 92386 del 29-06-2017
Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Número de expediente | T 92386 |
Fecha | 29 Junio 2017 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Neiva |
Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
Número de sentencia | STP9435-2017 |
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
Magistrado ponente
STP9435-2017
Radicación n° 92386
(Aprobado Acta No.207)
Bogotá D.C., veintinueve (29) de junio de dos mil diecisiete (2017).
VISTOS:
Resuelve la Sala la impugnación instaurada por NANCY SÁNCHEZ FIERRO, contra el fallo proferido el 16 de mayo de 2017 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Neiva, mediante el cual negó la acción de tutela formulada contra la Dirección Seccional de F.d.H..
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:
La accionante manifestó que ha presentado denuncias por diferentes delitos, las cuales correspondieron a las Fiscalías Locales 1º, 6º, 4º, 8º, 10º y 15 de Neiva. No obstante, las actuaciones han sido archivadas.
A juicio de la interesada, dicha situación es producto de actos irregulares y, aunque ha presentado diferentes solicitudes, no ha obtenido respuesta favorable a sus pretensiones.
Por lo anterior, acudió a la jurisdicción constitucional en busca del amparo de sus derechos fundamentales. En consecuencia, solicitó ordenar a las autoridades mencionadas dar trámite a sus denuncias y que «me paguen lo que me deben y ser reparada en cada uno de los casos de cada fiscalía».
TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA:
Por auto del 3 de mayo de 2017, el Tribunal admitió la demanda y corrió el respectivo traslado.
Al trámite fueron vinculadas las Fiscalías Locales 1ª, 2ª, 6ª, 8ª, 9ª, 10ª, 13 y 15; 10ª Seccional y 22 Local Unidad de Conciliación pre-pocesal, todas de Neiva. Así mismo, la Subdirección Seccional de Atención a Víctimas y Usuarios de la Fiscalía Seccional Huila.
La Fiscalía 4ª Seccional informó que le fue asignada la noticia criminal 410016000586201104303 presentada por la accionante por el delito de amenazas, actuación que fue enviada a la Dirección de Justicia Municipal de Neiva porque los hechos no se encuadraban en las previsiones señaladas en el artículo 347 del Código Penal.
La Fiscalía 6ª Local refirió que la indagación 410016000586201200824 por el delito de injuria, fue archivada el 29 de mayo de 2015, tras considerar atípica la conducta. De otro lado y contrario a lo manifestado en la demanda, la investigación 410016000584201601020 presentada por el mismo delito, está en etapa preliminar con orden a policía judicial.
La Fiscalía 5ª Local relató que el 26 de enero de 2017, recibió petición por parte de la actora en la que solicitaba información de la actuación...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba