SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 01026 del 23-02-2011 - Jurisprudencia - VLEX 874178341

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 01026 del 23-02-2011

Número de expedienteT 01026
Fecha23 Febrero 2011
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Magistrado Ponente

JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR

Bogotá, D.C., veintiocho (28) de enero de dos mil once (2011)

Discutido y aprobado en Sala realizada el 19 - 01 - 2011

EXP.: 08001-22-13-000-2010-01026-01

Sería del caso resolver la impugnación formulada frente a la sentencia proferida el 13 de agosto de 2010, por la SALA CIVIL FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BARRANQUILLA, a propósito de las acciones de tutelas acumuladas presentadas por M.D.B.S., E.M.C.H., M.E.M.D. y CARLOS ARTURO TORDECILLA PANTOJA contra EL INSTITUTO COLOMBIANO PARA LA EVALUACIÓN DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR -ICFES- y el MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL, sino fuera porque en su trámite se incurrió en irregularidad, como pasará a verse.

ANTECEDENTES

1. Acuden los accionantes al presente amparo con el fin que se les protejan sus derechos fundamentales al debido proceso y al trabajo, presuntamente conculcados por los accionados, según los hechos que permiten el siguiente compendio.

Afirman, que concursaron en la convocatoria No. 60 para la selección de docentes en el distrito de Barranquilla, la cual fue abierta por la Comisión Nacional del Servicio Civil, en consecuencia, presentaron las pruebas correspondientes.

Manifiestan, que el ICFES anuló dos preguntas de la previa de aptitud numérica, por lo que consideran que cada enunciado debía valer de 3.57; sin embargo, al encontrar que los resultados que les fueron entregados no coincidían con la realidad, procedieron a reclamar ante El Instituto Colombiano Para La Evaluación De La Educación Superior, entidad que contestó de forma conjunta, que en el procedimiento utilizado se garantizó la objetividad de la calificación y no existió margen de error, incluso, los interrogantes se eliminaron antes de darles un monto por no tener las mismas opciones de respuesta.

A la luz de los anteriores planteamientos piden, que se le ordene al Instituto acusado recalificar las evaluaciones referidas, con los parámetros establecidos en la convocatoria y, además, que les aumenten el puntaje de los enunciados suprimidos.

2. El Tribunal denegó el amparo deprecado; puesto que los interesados tenían pleno conocimiento de todas y cada una de las etapas del concurso y la prueba que presentaron fue calificada conforme a las directrices señaladas para tal efecto.

3. El fallo de primer grado fue impugnado.

CONSIDERACIONES

1. El centro de la presente queja dimana en el hecho que el ICFES anuló dos preguntas de las pruebas de conocimiento que presentaron los gestores al interior de la convocatoria para docentes en la que participaron y no le asignó a los demás interrogantes el puntaje correspondiente de conformidad con las normas que...

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