SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 62227 del 07-10-2015 - Jurisprudencia - VLEX 874180144

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº T 62227 del 07-10-2015

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
Número de expedienteT 62227
Fecha07 Octubre 2015
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Cali
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTL13852-2015
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

República de Colombia




Corte Suprema de Justicia





CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL



RIGOBERTO ECHEVERRI BUENO

Magistrado Ponente


STL13852-2015

Radicación No. 62227

Acta No. 35


Bogotá, D.C., siete (7) de octubre de dos mil quince (2015).



Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por la parte accionante contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, el 5 de agosto de 2015, dentro de la acción de tutela que el Sindicato de Trabajadores del BBVA COLOMBIA – SINTRABBVA COLOMBIA promovió contra el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Cali y otro.




ANTECEDENTES


El Sindicato de Trabajadores del BBVA COLOMBIA – SINTRA BBVA COLOMBIA, por conducto de apoderado judicial, instauró acción de tutela contra el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Cali y el Banco BBVA COLOMBIA, a los que endilgó la vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso y al trabajo.


Señaló que el Banco BBVA COLOMBIA promovió proceso especial de fuero sindical en contra del señor C.F.V.; que el conocimiento del asunto correspondió al Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Cali; que la demanda fue inadmitida por auto del 27 de abril del año en curso y que, al no haber sido subsanada en el término concedido para el efecto, fue rechazada; que el apoderado del banco, “sin estar legalmente reconocido en el proceso para actuar en nombre y representación de la parte demandante” impugnó dicha decisión; que mediante auto del 26 de junio de los corrientes, la demanda fue admitida; que dicho trámite vulnera los derechos de la asociación y del trabajador demandado.


Con fundamento en los hechos expuestos en precedencia, solicitó al juez de tutela “tutelar el derecho que tiene el trabajador demandado al debido proceso, el derecho al trabajo y asociación sindical”.



TRÁMITE Y DECISIÓN DE INSTANCIA


Por auto del 31 de julio de 2015 , la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali dio trámite a la acción de tutela e integró al trámite al señor Cesar Fernando Valencia, demandado dentro del proceso cuestionado.


Dentro del término de traslado correspondiente, el Juzgado Décimo Laboral del Circuito de Cali adujo, frente al poder conferido al Dr. L.F.A., quien interpuso el recurso de reposición, que no se presentaba “irregularidad alguna, toda vez que el señor A.R. CUERVO quien confirió el poder en representación del Banco, según certificado de Cámara de Comercio (f.545 a 566), se encuentra facultado entre otras para designar apoderados...

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