SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 116928 del 03-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 875206946

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 116928 del 03-06-2021

Sentido del falloNIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 116928
Fecha03 Junio 2021
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP6991-2021


DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN Magistrado ponente



STP6991-2021

Radicación n° 116928

Acta 140.


Bogotá, D.C., tres (3) de junio de dos mil veintiuno (2021).




ASUNTO


Se decide en primera instancia la tutela promovida por Jorge Iván Rozo Rodríguez, en protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la defensa y a la contradicción, presuntamente vulnerados por el Juzgado Veintiuno Penal Municipal de Bogotá, trámite al cual se vinculó a la Sala de decisión Penal del Tribunal Superior de Bogotá, así como a las partes e intervinientes dentro del proceso penal de radicación 110016000017201308138.




ANTECEDENTES



HECHOS y FUNDAMENTOS


De la demanda constitucional se desprende que en contra de Jorge Iván Rozo Rodríguez se adelantó proceso de radicación 110016000017201308138, por el delito de hurto agravado y calificado, en el Juzgado Veintiuno Penal Municipal con funciones de conocimiento de Bogotá, que en fallo de 7 de junio de 2016 lo condenó a la pena de 148 meses de prisión

Esa decisión fue apelada y la alzada correspondió al Tribunal Superior de Bogotá, que en fallo del 5 de agosto de la misma anualidad confirmó la determinación censurada.

El actor presentó la actual reclamación de tutela, tras estimar violentados sus derechos al debido proceso, a la defensa y a la contradicción, toda vez que no fue citado ni notificado del desarrollo del proceso penal antes referenciado.


Destacó varios pronunciamientos que dan cuenta del indebido enteramiento del procesado como motivo impediente para dictar fallo, y expuso razones jurídicas relacionadas con la posibilidad de promover acción de revisión en ese tipo de casos por cambio de criterio y aplicación del principio de favorabilidad.



PRETENSIONES



Van dirigidas a que se conceda la dispensa de sus derechos fundamentales y, en consecuencia, le sea asignado un delegado del Ministerio Publico que lo asesore en la formulación de una acción de revisión y se apliquen las sanciones disciplinarias y “pecuniarias” a que hubiere lugar.


INFORMES DE LOS ENTES ACCIONADOS Y

VINCULADOS


La Personería de Bogotá, indicó que en su caso se predica una falta de legitimación por pasiva, dado que el responsable de salvaguardar los derechos derivados de la exposición del libelo tutelar lo es el Juzgado Veintiuno Penal Municipal de Bogotá.


Por su parte, el agente del Ministerio Público delegado ante los jueces penales municipales del Bogotá, realizó un recuento procesal en los términos descritos en el acápite...

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